martes, 14 de septiembre de 2010

DECRETO No.401 DE ABRIL 15 DE 2010 “POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN INTEGRAL DE

MANEJO DE VENTAS INFORMALES EN LA CIUDAD DE PEREIRA”.

disponible en http://www.amco.gov.co/amco/UserFiles/File/gacetas/gaceta%20extra%20No.16.pdf


EL ALCALDE MUNICIPAL DE PEREIRA, en uso de sus facultades
constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 82 y 315,
numeral 1 de la Constitución Política, la ley 136 de 1994, y el acuerdo municipal
078 de 2008 y
CONSIDERANDO
Que conforme al diagnóstico que sirve de soporte al Plan de Desarrollo Municipal
2008 – 2011, “Pereira Región de Oportunidades”, una de las problemáticas más
sentidas por los habitantes de la ciudad es la relacionada con la movilidad, en
especial en sectores como el centro tradicional y el subcentro de cuba, ocasionada
por la sobre ocupación del espacio público con actividades comerciales
informales.
Que con el fin de determinar la magnitud de esta problemática y concertar las
alternativas para su organización, mediante Convenio de Cooperación No. 1256
de 2008, el Municipio contrató a la Universidad Católica Popular de Risaralda,
para que desarrollara el Registro de Vendedores informales en las zonas críticas
de la ciudad, realizara el estudio socieconómico de quienes ejercen la venta
informal como actividad en estos sectores y acompañara el proceso de
concertación entre los actores que se relacionan con la problemática.
Que según los estudios realizados por la Universidad Católica Popular de
Risaralda, en la zona céntrica de la ciudad cerca de 1478 personas ejercen esta
actividad y cerca de 400 en el subcentro de Cuba, concentrándose en
determinados espacios públicos y afectando de manera negativa la movilidad
peatonal.
Que es mandato superior conforme a nuestro régimen jurídico político velar por la
protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común,
el cual prevalece sobre el particular.
Que siendo éste un asunto de orden social hace parte del concepto de orden
público, por lo que compete al Alcalde Municipal como Primera autoridad de
Policía tomar las medidas necesarias para facilitar la convivencia ciudadana
armonizando los derechos colectivos al uso y disfrute del espacio público con el
derecho al trabajo de quienes derivan su sustento de esta actividad y carecen de
otra posibilidad.
Que realizados los estudios de contexto socioeconómico, analizadas las actuales
tasas de desempleo y subempleo, y considerando el perfil de los vendedores
informales, el diagnóstico formulado por la Universidad Católica Popular de
Risaralda concluye la necesidad de desarrollar estrategias integrales en la
atención a los diferentes conflictos que genera la venta informal.
Que conforme con el artículo 110 del acuerdo 023 de 2006, “La nueva ciudad se
basa en la concepción del espacio público y el equipamiento como punto de
encuentro, concertación y participación de la ciudadanía, por lo cual se busca que
en el crecimiento de la ciudad se brinden estos espacios, no como el resultante de
la urbanización, si no como el elemento articulador”. Consecuente con lo cual el
mismo Acuerdo consagra como una de las políticas de recuperación y manejo del
espacio público: “Adecuar los espacios públicos peatonales de las centralidades,
permitiendo el buen funcionamiento de las actividades comerciales”.
Que en la sentencia T-772 de 2003 de nuestra Corte Constitucional fija los
parámetros dentro de los cuales las autoridades municipales deben desarrollar
programas de recuperación de espacio público, obligándolas a desarrollar un
componente de alternativas económicas viables para quienes se afecten con este
tipo de programas o proyectos.
Que acatando el mismo fallo, se desarrolló todo un proceso de concertación que
culminó con la suscripción de un Pacto entre vendedores informales, gremios y
sector público municipal con el fin de definir los compromisos de cada uno en las
soluciones a esta problemática y plantear alternativas para organización.
Que en el Plan de Desarrollo Municipal “Pereira, Región de Oportunidades”, la
actual administración se propuso como meta dentro del Programa de Espacio
Público para la Convivencia, incrementar el índice de espacio público efectivo por
habitante a través de la recuperación del 60%.
Que el acuerdo 078 de 2008 reglamentó lo relacionado con el aprovechamiento
económico del espacio público, adoptando un sistema de cobro para las
actividades que se desarrollen en el mismo.
Que según el artículo 116 del Código Nacional de Policía la venta ambulante es un
asunto que corresponde reglamentar a las autoridades locales.
Que debido a que la presencia de vendedores informales en el espacio público
obedece a un problema social, económico y cultural, cuya solución no se
encuentra en las medidas policivas, sino que se requiere del compromiso
gubernamental, gremial y comunitario para encontrar las soluciones de fondo que
deben ser implementadas para conjurar las causas y efectos del mismo.
Que en virtud de lo expuesto y en uso de sus facultades constitucionales y legales,
el ALCALDE MUNICIPAL DE PEREIRA, facultando como está por ley,
DECRETA
CAPITULO I
Disposiciones Generales
ARTICULO 1°. Adopción.
Se adopta el Plan Integral de Manejo de Ventas
Informales de la ciudad de Pereira, Pimvip, contenido el presente Decreto como
una herramienta para la recuperación, preservación y armonización del espacio
público ocupado con actividad comercial informal.
ARTICULO 2°. Objetivo.
El Plan de Manejo de Ventas Informales tiene como
objetivo definir las estrategias y acciones con las que se intervendrán los sectores
de la ciudad que presentan sobre ocupación de ventas informales y que fueron
autorizadas con anterioridad al Acuerdo 078 de 2008, armonizando los derechos
colectivos al uso y disfrute del espacio público con el derecho al trabajo de
quienes ejercen esta actividad dentro del marco del Mínimo Vital.
ARTICULO 3°. Objetivos Específicos.
Como objetivos específicos el Plan
contempla:
1) Aportar en la construcción de una política pública que garantice la
sostenibilidad de las medidas que se adopten para la recuperación y
preservación de espacio público afectado con la actividad comercial
informal.
2) Contribuir a la consolidación de Pereira como ciudad-región y
competitividad comercial como renglón característico de nuestra economía.
3) Desarrollar procesos de recuperación bajo los parámetros establecidos por
las Sentencias de la Corte Constitucional, atendiendo de manera integral a
la población de vendedores informales que deban modificar la forma en que
ejercen su actividad o cambiar de actividad comercial.
4) Velar por la protección de la integridad del espacio público y su destinación
al uso común, el cual se hará prevalecer sobre el interés particular, evitando
las ocupaciones indebidas del mismo.
5) Definir las zonas del espacio público de la ciudad en las que se puedan
permitir bajo uso regulado actividades comerciales sobre el espacio público,
así como aquellas que deben ser objeto de acciones integrales para que se
recuperen su función estructurante.
ARTÍCULO 4°. Documentos anexos.
Adóptese el Documento Técnico de
Soporte correspondiente al Pimvip, así como el Pacto Cívico firmado con los
gremios y los representantes de los vendedores informales, como documentos
integrantes del presente decreto.
CAPITULO II
Definición de estrategias y acciones
ARTÍCULO 5°. Estrategias.
La recuperación, preservación y armonización de los
espacios públicos ocupados con venta informales se desarrollará mediante las
siguientes estrategias:
1. Sistema de información de ventas informales –SIVIP-.
Con la
implementación de esta estrategia, se controlará el número de personas
que ejercen la venta informal y se facilitará el desarrollo de alternativas para
cada una de ella, dentro de los parámetros de la Sentencia 772 de 2003.
2. Formalización.
Esta estrategia irá encaminada a la formalización de las
ventas informales, siendo obligatoria en algunos casos, en los términos que
más adelante se señalan.
3. Hábitat.
Se plantea esta estrategia como instrumento para cualificar los
espacios públicos ocupados con las ventas informales de la ciudad y la
determinación de las zonas de transición, en que se pueda ejercer esta
actividad de manera regulada y autorregulada.
4. Atención Social al Vendedor.
El ejercicio de la venta informal en las
condiciones aquí establecidas garantizará el acceso a la malla institucional
al vendedor informal y su núcleo con el fin de romper los ciclos
generacionales que caracterizan esta actividad.
5. Fortalecimiento Institucional.
De acuerdo con lo señalado en el
diagnóstico efectuado y lo establecido en el Pacto Cívico la administración
debe disponer de un esquema administrativo eficiente que garantice los
procesos de control y gestión del espacio público.
ARTICULO 6°. Desarrollo de las Estrategias de Sistema de Información de
Ventas Informales.
La Secretaria de Planeación Municipal tendrá a su cargo la
integración de todos los datos relevantes de las ventas informales, haciendo parte
de este sistema el Registro Único de Vendedores Informales de Pereira, los
mapas de distribución y su geo-referenciación.
El Registro Único de Vendedores Informales servirá como una herramienta de
control y se formará con la inscripción de los vendedores informales, que además
de ser censados por la Universidad Católica Popular de Risaralda en el 2008
hayan sido beneficiarios de alguna autorización para el ejercicio de la venta
informal o su ingreso en la base de datos fue autorizada por la mesa de
Acompañamiento al Pacto Cívico. Esta inscripción contendrá como mínimo los
siguientes datos: nombre e identidad, la clase de mercancías o servicios que
venden, los ingresos que perciben, su historia laboral y de educación y la
clasificación que le corresponda según sea ambulante, semiestacionario o
estacionario, y en este último caso el lugar asignado.
Este registro será actualizado con el fin de incluir en él todas las novedades
correspondientes a los vendedores informales reconocidos, tales como los
beneficios otorgados o las sanciones impuestas. Todos los procedimientos de
inclusión, retiro o novedades en el Registro Único de Vendedores Informales
estarán a cargo de la Secretaria de Planeación Municipal conforme al
procedimiento adoptado para el efecto.
El registro servirá de base para la expedición de una nueva carnetización a los
vendedores censados sin que ello implique expedir nuevas autorizaciones para
ocupar el espacio público.
Los mapas de distribución determinan el número de ventas estacionarias que
conforme a una valoración de cada uno de los costados de las manzanas de las
zonas críticas señala cuantos módulos puede llegar a albergar. Con el presente
Decreto se adoptan tres tipos de mapas: (1) Mapa Existente: que señala cuantos
módulos estacionarios se encuentran actualmente en la zona a intervenir. (2)
Mapa de Redistribución: señalan cuanto caben realmente y (3) Mapa Diferencial:
señala las diferencias entre el primero y el segundo, lo cual refleja el déficit o /u
oferta de cada costado de cuadra.
El Municipio de Pereira podrá por criterios de conveniencia o necesidad elaborar
nuevos mapas de distribución con el fin de aplicarlos y ajustarlos al desarrollo de
las estrategias.
Toda esta información hará parte del sistema de información geográfico y estará
acompañada por bases de datos según modelos ARC/GIS.
Articulo 7°. Desarrollo de la Estrategia de Formalización
: Esta estrategia
consistirá en el proceso paulatino mediante el cual el vendedor informal hace su
tránsito hacia el comercio formal o mercado laboral. Esta estrategia se desarrollará
de la siguiente manera:
1. Vendedores informales que por el ingreso económico que perciben o la
forma en que ejercen su actividad deben ser comerciantes formales. Hacen
parte de esta población los vendedores que cumplan una o varias de estas
condiciones:

Quienes como producto de su actividad generen utilidades por encima de
los dos salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Los que ejerzan otras actividades comerciales o cuenten con otros ingresos
para su sostenimiento. .

Los que utilizan a otros vendedores como distribuidores de sus productos o
servicios.

Quienes fueron beneficiarios de un proceso de reubicación exitoso que
implica ocupación predial.

Los que de acuerdo con el resultado del estudio socioeconómico deban
formalizarse, previo concepto de la Mapaci.
Esta población podrá acceder a Fortalecimiento Empresarial, dirigido a facilitar una
asesoría constante por parte de la dependencia municipal competente, y su
objetivo básico es que el negocio se desarrolle como un establecimiento de
comercio y cumpla los requisitos en la ley 232 de 1995.
Para lograr este objetivo el Banco de Oportunidades posibilitará créditos a los
vendedores en proceso de formalización y la Alcaldía de Pereira realizara
convenios con el SENA y/o gremios como ACOPI, FENALCO o CAMARA DE
COMERCIO u otra organización idónea, para el acompañamiento que fuera
necesario, hasta su consolidación como establecimiento comercial.
2.
Aquellos vendedores informales que a pesar de ejercer la venta informal
como mecanismo de subsistencia y dentro del marco del mínimo vital tiene
ideas de emprendimiento y fortalezas en su perfil ocupacional para
desarrollar otras actividades empresariales o laborales.
La atención de esta población tendrá como objetivo que los vendedores informales
establezcan o fortalezcan nuevas ideas de emprendimiento empresarial ya sea de
forma individual o asociativa o puedan ingresar al mercado laboral.
Para los vendedores con ideas de negocio su iniciativa deberá ser presentada al
Banco de Oportunidades para apoyar la construcción de un plan empresarial, el
cual una vez viabilizado podrá ser implementado.

Para la implementación de estas iniciativas, el Municipio podrá otorgar en los
términos establecidos en el Decreto 808 de octubre 21 de 2009, o la norma que lo
modifique o sustituya, capital semilla o recursos no retornable con el que podrá
beneficiar a cada vendedor, al cual se sumará los recursos propios de que
disponga el vendedor beneficiario, quien además para terminar de financiar su
iniciativa deberá acceder a crédito a través del Banco de las oportunidades.
En todo caso, corresponderá a cada Secretaría adoptar los procedimientos
necesarios para dar cumplimiento a lo aquí establecido.
En el caso de vendedores con perfil ocupacional, su hoja de vida será ingresada
en bolsas de empleo con el apoyo de FENALCO, CAMARA DE COMERCIO y
ACOPI.
Articulo 8°. Desarrollo de la Estrategia de Redistribución Espacial:
Esta
estrategia está dirigida a permitir la permanencia de las ventas informales bajo
condiciones reguladas que mitiguen los impactos negativos que este tipo de
actividad genera sobre el espacio público. Esta estrategia se desarrollará con base
en los siguientes criterios:
MAPAS DE DISTRIBUCION DE VENTAS ESTACIONARIAS
: Los mapas de
redistribución han sido concebidos considerando la capacidad actual de los
andenes en las zonas críticas para albergar soluciones de ventas estacionarias sin
interferir con la movilidad peatonal y los otros elementos constituyentes del
espacio público (mobiliario, bahías, arborización).
Como consecuencia de la adopción de estos mapas corresponderá a la Secretaría
de Gobierno Municipal ejecutar las acciones necesarias para que los vendedores
estacionarios se ubiquen en los sitios asignados en el mapa. Esta estrategia se
articulará con la construcción de los nuevos módulos de ventas individuales o
dobles para vendedores estacionarios, los cuales podrán reponer los viejos
módulos que estén en avanzado estado de deterioro u ocupar los nuevos espacios
detectados en los mapas.
PASEOS TEMATICOS
: Esta solución está dirigida a vendedores
semiestacionarios que tienden a agruparse alrededor de actividades comerciales
comunes: artesanos, libreros, relojeros, ropa, etc. Está dirigido a reubicar
colectivos de vendedores en espacios diferentes a los andenes como peatonales,
bulevares, plazoletas y zonas de los parques y plazas que lo permitan.
En el caso de las peatonales, los paseos temáticos también incluyen la
construcción de unos módulos de información al ciudadano y al turista manejado
por la Policía Nacional y unos módulos de baños públicos acompañados por un
pequeño local comercial para café al paso.
PASAJES COMERCIALES CUBIERTOS
: Este tipo de alternativa está dirigida a
todo tipo de vendedores que quieran dar el paso hacia una formalización
empresarial con la posibilidad de ser reubicados en un local comercial al interior
de un proyecto espacial denominado Pasaje Comercial Cubierto.
Todo proyecto de este tipo hará parte de los sistemas de movilidad de la ciudad
imitando los pasajes comerciales formales que han demostrado su éxito en
diversos sectores del Centro Tradicional. Por el valor de sus inversiones
(incluyendo gestión predial) y su carga cultural negativa producto de experiencias
fallidas del pasado, esta estrategia se propone como la última opción de
redistribución espacial.
ZONAS DE TRANSICION
: Para facilitar el desarrollo de los procesos de
formalización y redistribución, se podrán establecer zonas de transición en las que
las ventas informales se permitirán bajo uso regulado.
Las zonas de transición son aquellos espacios públicos respecto de los cuales, la
autoridad competente autorizada expresamente la localización de mobiliario y la
ejecución de algún tipo de actividad económica, tomando en consideración su
capacidad, el uso especializado o multifuncional para el cual haya sido adecuado
el respectivo espacio.
En estas zonas se promoverá la creación y el fortalecimiento de redes de gestión
social, las cuales tendrán por objeto apoyar la función pública relacionada con el
manejo y utilización del espacio público, y promover la adecuada apropiación
social del mismo.
MERCADOS MOVILES
: Con el fin de descongestionar el centro tradicional de
ventas de frutas y verduras en dispositivos que suelen generar afectaciones a la
movilidad (carretas), se ha desarrollado como alternativa crear mercados móviles
en barrios de otras zonas de la ciudad. Dichos mercados se efectuarán con el
apoyo logístico de la Alcaldía para el transporte de los módulos de ventas y se
sujetarán a las regulaciones para manipulación de alimentos dispuestas por la
Secretaria de Salud.
REGULACION DE AMBULANTES
: las ventas ambulantes conocidas como
maneros y las que utilicen elementos móviles (vehículos), serán objeto de
regulación a través de una zonificación que defina diversos niveles de restricción
para el acceso de diferentes tipos de vehículos (zonas rojas, naranjas y amarillas).
Los vehículos de ventas serán clasificados por tamaños que van desde el manero
hasta los grandes vehículos de tracción humana o mecánica. Según el tamaño los
vehículos tendrán acceso a las diferentes zonas de acuerdo a las restricciones.
Para facilitar el control, la Secretaría de Gobierno Municipal implementará como
identificación de los vendedores y sus vehículos el sistema de placas (rojas,
naranjas y amarillas) en consonancia con las zonas ligadas a unos registros que
permitan las ventas nuevas.
También se identificarán con dos tipos de placas adicionales: verdes y azules, los
vendedores que no puedan ingresar al centro por el tamaño de sus vehículos y los
vendedores nocturnos que solo puedan ejercer su actividad en las noches.
ARTICULO 9°. Desarrollo de la estrategia de atención social.
Todo vendedor
informal inscrito en RUVIP será beneficiario de los programas sociales que para la
atención de población vulnerable desarrollen las secretarias de desarrollo social,
político y económico, Gestión inmobiliaria y Educación.
Para ello la organización a cargo de LA CASA DEL VENDEDOR INFORMAL Y EL
ARTESANO gestionará el ingreso del vendedor reconocido al SISBEN y por lo
menos el 10 % de los cupos asignados para cada programa de estas Secretarías
deberán beneficiar vendedores informales.
ARTICULO 10° Desarrollo De La Estrategia de Fortalecimiento Institucional
.
Con el fin de proveer de una estructura administrativa eficiente en la gestión y el
manejo del espacio público el municipio asumirá la revisión de su esquema
administrativo actual.
CAPITULO III
PROGRAMAS Y PROYECTOS ESTRATEGICOS.
ARTICULO 11° Desarrollo de Programas y Proyectos Estratégicos.
En
cumplimiento de los acuerdos establecidos en el Pacto Cívico, se plantean los
siguientes programas y proyectos que se consideran estratégicos por su
capacidad de incidir en el cumplimiento de la meta propuesta en el plan de
Desarrollo Municipal en materia de recuperación de espacio público.
ARTICULO 12° RECUPERACION CALLE 17 Y CALLES 70 Y 71, Carreras
24 y 25:
Ordénese la recuperación de la calle 17 entre carreras 8 ª Y 9 ª, del
centro de la ciudad, y calles 70 y 71 carreras 24 y 25, del subcentro de cuba,
para lo cual se adopta el siguiente COMPONENTE DE ALTERNATIVAS
ECONOMICAS, para los vendedores informales reconocidos en el registro a cargo
de la Universidad Católica Popular de Risaralda:
Alternativa 1: Reubicación sobre la calle peatonal de la 18 entre carreras 7ª y 8ª o
calle 22 entre carreras 7ª y 8ª, en un proyecto especial.
Alternativa 2: Proyecto de ubicación de módulos de venta para artesanos en la
calle peatonal la 18 entre carreras 6ª y 7ª.
Alternativa 3: Reubicación de casetas de ventas dobles en algunos lugares donde
el espacio lo permita entre la carrera 4 y la carrera 13 y la calle 11 y la calle 26.
Alternativa 4: Acogerse al programa de formalización empresarial con posibilidad
de acceder a un capital semilla para iniciar un proyecto productivo, siempre que se
haga entrega del espacio público ocupado.
Alternativa 5: Obtener un local comercial o modulo en un pasaje comercial cubierto
previo proceso de transición del vendedor informal.
La Secretaría de Gobierno Municipal tendrá a su cargo todos los procesos
necesarios para dar cumplimiento a esta decisión, incluyendo la de notificar a cada
vendedor informal reconocido en el Registro el derecho a elegir una de las
alternativas propuestas.
PARÁGRAFO:
Para el desarrollo de las estrategias contempladas en este
decreto, y particularmente las de reubicación y redistribución, y sólo respecto de
los vendedores que resulten beneficiarios de las mismas, la alcaldía municipal
podrá otorgar los permisos necesarios a los vendedores informales, sin perjuicio
de las prohibiciones y restricciones previstas en los decretos 266 de 2001 y 1335
de 2002, los cuales continúan vigentes.
ARTICULO 13°. CASA DEL VENDEDOR INFORMAL.
Con el fin de facilitar la
organización de los vendedores informales reconocidos y facilitar la gestión de
proyectos asociativos que propendan por su desarrollo y mejoramiento del nivel de
vida de los vendedores, la Administración promoverá la creación de la Casa del
Vendedor Informal, como un programa a cargo de la Secretaría de Gobierno
Municipal, pero cuya administración puede ser contratada con una de las
organizaciones de vendedores informales.
ARTICULO 14° FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.
La Secretaria Jurídica
evaluará la necesidad y convivencia de fortalecer o reestructurar las áreas del
Municipio relacionadas con la gestión, manejo y control del espacio público,
conforme con el diagnostico presentado por la UCPR y el concepto de la
Secretaría de Planeación Municipal.
ARTICULO 15° SANCIONES. Todo vendedor informal que incumpla los términos
en que le fuera otorgado un beneficio o solución será excluido del RUVIP y
obligado a reparar el daño que cause.
ARTICULO 16°. Vigencia.
Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Pereira a los, 15 días del mes de abril de 2010.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE,
JAIRO ORDILIO TORRES MORENO
Alcalde Municipal de Pereira (E)
LILIANA VALENCIA LOPEZ.
Secretaria Jurídica
Revisión: Secretaría Jurídica
Revisión: Secretaria de Planeación
Revisión:
FELIPE MEJIA LAMPREA
Director Operativo de Desarrollo Urbano
Elaboró: Mary Soler Vinasco A.
Revisó: Martha Lucia Zapata Correa
Jefe Administrativa

publicado en
Gaceta Metropolitana No.16 – Extraordinaria 2010

DECRETO No.400 DE ABRIL 15 DE 2010, REFERENTES AL PROCEDIMIENTO PARA LA IDENTIFICACIÓN, CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE

DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS ESTRATEGIAS DE RECUPERACIÓN Y PRESERVACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO Y SU ARMONIZACIÓN CON LOS DERECHOS DE LOS VENDEDORES INFORMALES QUE LO OCUPAN.
DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS ESTRATEGIAS DE RECUPERACIÓN Y PRESERVACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO Y SU ARMONIZACIÓN CON LOS DERECHOS DE LOS VENDEDORES INFORMALES QUE LO OCUPAN
.

disponible en http://www.amco.gov.co/amco/UserFiles/File/gacetas/gaceta%20extra%20No.16.pdf

El alcalde municipal de Pereira, en uso de sus atribuciones constitucionales y
legales, en especial las conferidas por los artículos 82 y 315, numeral 1 de la
Constitución Política, la ley 136 de 1994, los arts. 116 y 132 del Código Nacional
de Policía y el acuerdo municipal 078 de 2008 y
CONSIDERANDO
Que el artículo 1 de la Constitución Política señala que Colombia es un estado
social de derecho, fundado en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la
solidaridad de las personas que lo integran y en la prevalencia del interés general.
Que el artículo 82 de la Constitución Política establece que es deber del estado
velar por la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el
cual prevalecerá sobre el interés particular.
Que el artículo 132 del Código Nacional de Policía faculta a los alcaldes para
tomar las medidas y acciones necesarias en orden a la restitución del espacio
público.
Que de acuerdo con el artículo 116 del Código Nacional de Policía la venta
ambulante es un asunto que corresponde reglamentar a las autoridades locales.
Que en la Sentencia T-772 de 2003 la Corte Constitucional fijó los requisitos que
deben cumplir todos los programas y proyectos de recuperación del espacio
público por parte de las autoridades competentes.
Que de acuerdo con la Sentencia T-772 de 2003, las acciones de recuperación del
espacio público en el Estado Social de Derecho deben estar precedidas y
acompañadas de un componente de alternativas económicas viables en favor de
los vendedores informales, garantizando en todo momento el derecho al debido
proceso.
Que la Administración, los gremios y los representantes de los vendedores
informales de Pereira desarrollaron un proceso de concertación que culminó en la
firma de un Pacto Cívico, en el cual se definieron los compromisos de cada uno de
los actores en la solución de la problemática del espacio público en Pereira, así
como en el planteamiento de alternativas de organización y solución para la venta
informal.
Que en el Plan de Desarrollo Municipal “Pereira, Región de Oportunidades”, la
actual administración se propuso como meta dentro del Programa de Espacio
Público para la Convivencia, incrementar el índice de espacio público efectivo por
habitante a través de la recuperación del 60%.
Que de conformidad con el acuerdo 023 de 2006, Plan de Ordenamiento Territorial
de Pereira, una de las estrategias de recuperación del espacio público en la
ciudad es “adecuar los espacios públicos peatonales de las centralidades,
permitiendo el buen funcionamiento de la actividad comercial.”
Que en cumplimiento de los criterios expuestos en la Sentencia T-772 es
necesario determinar un procedimiento que permita identificar, calificar, priorizar y
seleccionar a los beneficiarios de las estrategias, planes, programas o proyectos
que emprenda el municipio a fin de recuperar el espacio público y armonizar su
uso por la comunidad con el derecho al trabajo de los vendedores informales.
DECRETA
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. ADOPCIÓN.
Adóptese en el municipio de Pereira el procedimiento
de identificación, calificación, selección y priorización de beneficiarios de las
estrategias del Plan Informal de Manejo de Ventas Informales de Pereira, PIMVIP,
para la recuperación, preservación y armonización del espacio público ocupado
por vendedores informales en el Centro Tradicional y Subcentro de Cuba, en el
marco del Pacto Cívico suscrito entre los gremios, los vendedores informales y la
administración municipal.
Parágrafo Primero:
En el desarrollo de las estrategias se incluirán los vendedores
informales que estén inscritos en el Registro Único de Vendedores Informales de
Pereira, Ruvip, correspondientes a las áreas mencionadas. En ningún caso serán
beneficiarios los menores de edad.
Para efectos del presente decreto se entiende por Centro Tradicional de Pereira y
Subcentro de Cuba, las zonas delimitadas en los planos anexos.
ARTICULO 2. MÍNIMO VITAL.
Para efectos del presente decreto se entiende
como “mínimo vital” el nivel de ingresos económicos que no supere el 60% del
salario mínimo mensual legal vigente por persona dentro de cada núcleo familiar
del vendedor informal.
ARTICULO 3. MESA DE ACOMPAÑAMIENTO AL PACTO CIVICO, MAPACI.
Se instituye la Mesa de Acompañamiento al Pacto Cívico, que será la instancia de apoyo, consulta y concertación. La Mesa estará conformada por representantes de los gremios, representantes de los vendedores informales y representantes de la administración municipal. Se reunirá en forma ordinaria una vez al mes; y en forma extraordinaria cuando así lo considere la mayoría de sus integrantes o por convocatoria de la Secretaría Técnica. En la Mesa podrán participar representantes de la Personería Municipal y la Policía Nacional, en calidad de
invitados permanentes.
ARTÍCULO 4. FUNCIONES DE LA MESA DE ACOMPAÑAMIENTO AL PACTO CIVICO.
La Mapaci tendrá las siguientes funciones:
1. Servir de organismo de consulta y concertación durante el desarrollo de las estrategias.
2. Aprobar o rechazar en forma definitiva los puntajes que obtengan los
vendedores informales interesados en ser beneficiarios de las estrategias, previa aplicación del sistema de calificación por parte de la Secretaría de
Planeación y previo estudio del Ente de Espacio Público.
3. Aprobar o rechazar las solicitudes de ingreso a Ruvip que hagan los
vendedores informales interesados.
4. Estudiar los casos que la Secretaria de Planeación o el ente de espacio
público ponga a su consideración.
5. Darse su propio reglamento.
PARAGRAFO:
En ningún caso la Secretaría de Planeación o el Ente de Espacio
Público serán las dependencias responsables de aprobar o negar en forma definitiva las solicitudes para el ingreso al RUVIP o para ser beneficiario de las estrategias.

ARTICULO 5. DEFINICIÓN DE VENDEDOR INFORMAL.
Para los efectos del
presente decreto se entiende por vendedor informal la persona que se dedique por
cuenta propia al comercio de bienes o servicios en el espacio público como medio
básico de subsistencia.
ARTÍCULO 6. CLASIFICACION DE VENDEDORES INFORMALES.
Los
vendedores informales se clasificarán de la siguiente manera:
a) Vendedores Informales Ambulantes: Los que realizan su labor recorriendo las
vías y demás espacios de uso público, sin estacionarse temporal o
permanentemente en un lugar específico, utilizando un elemento móvil portátil o su
propio cuerpo para transportar las mercancías, tales como los vendedores de
frutas, verduras, tintos, entre otros.
b) Vendedores Informales Semiestacionarios: Los que realizan su labor
recorriendo las vías y demás espacios de uso público, estacionándose de manera
transitoria en un lugar, con la facilidad de poder desplazarse a otro sitio distinto en
un mismo día, utilizando elementos tales como carretas, carretillas, tapetes, telas,
cajones rodantes o plásticos para transportar las mercancías.
c) Vendedores Informales Estacionarios: Son las personas que para ofrecer sus
bienes o servicios se establecen de manera permanente en un lugar determinado
del espacio público, previamente definido por la respectiva autoridad municipal o
distrital, mediante la utilización de kioscos, toldos, vitrinas, casetas o elementos
similares.
d) Vendedor informal temporal: Son las personas que ofrecen sus bienes o
servicios no en forma permanente, sino con ocasión de festividades y temporadas
especiales, en sitios previamente señalados para el efecto por parte de la alcaldía
municipal.
ARTÍCULO 7. ADOPCION DEL REGISTRO ÚNICO DE VENDEDORES
INFORMALES DE PEREIRA, RUVIP.
De conformidad con el compromiso
asumido en el Pacto Cívico adóptese el Ruvip como herramienta para identificar,
calificar y seleccionar la población beneficiaria de las estrategias para la
recuperación y armonización del espacio público. La información del Ruvip será
administrada y actualizada por la Secretaría de Planeación.
PARAGRAFO:
El Ruvip está formado por la inscripción de los vendedores
informales que fueron censados por la UCPR en el Centro Tradicional y Subcentro
de cuba en septiembre de 2008, y por aquellos que acrediten autorización legítima
o confianza legítima para ejercer la actividad en dichas zonas antes del 30 de
septiembre del 2008.
El registro será actualizado con el fin de incluir en él todas las novedades
correspondientes a los vendedores informales reconocidos. La inscripción en el
Ruvip estará a cargo de la Secretaría de Planeación Municipal, conforme al
procedimiento adoptado para el efecto. El retiro del Ruvip lo hará la Secretaría de
Planeación, previa solicitud escrita de la Secretaría de Gobierno.
Secretaría de Planeación expedirá las certificaciones de inscripción en el Ruvip
a los vendedores informales.
Los vendedores informales que actualmente ocupen el espacio público en virtud
de un permiso expedido por la alcaldía municipal o en virtud de confianza legítima
antes del 30 de septiembre de 2008, deberán inscribirse en el RUVIP como
condición para seguir ejerciendo su actividad.
ARTÍCULO 8. POBLACION OBJETIVO:
Las estrategias están dirigidas a los
vendedores inscritos en el Registro Único de Vendedores Informales de Pereira,
RUVIP, en las áreas mencionadas. El Ruvip deberá tener como mínimo la
siguiente información: el nombre y documento de identidad, la clase de
mercancías o servicios que vende y la clasificación que le corresponda, según sea
ambulante, semiestacionario o estacionario, y su lugar de ubicación.
ARTÍCULO 9
. ACTUALIZACION DEL RUVIP. El Ruvip será actualizado de
acuerdo con las solicitudes aprobadas o negadas por la Mesa de
Acompañamiento al Pacto Cívico o la entidad que hiciere sus veces. Así mismo
en él se incluirán todas las novedades correspondientes a la situación de los
vendedores informales.
ARTICULO 10
. INHABILIDADES PARA SER INCLUIDO EN EL RUVIP: En
ningún caso podrán ingresar al Ruvip ni ser beneficiarios de las estrategias:
a) Quienes no residan en los municipios del Área Metropolitana Centro
Occidente, Amco.
b) Quienes tengan deudas pendientes con la justicia.
c) Quienes suministren información falsa en aspectos susceptibles de
calificación.
d) Quienes no tengan su situación militar definida.
e) Quienes hayan sido beneficiarios de planes, programas o proyectos de
reubicación o solución exitosos certificados por la administración municipal,
y se encuentren ejerciendo nuevamente la venta informal por sí o por
interpuesta persona.
CAPITULO II
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y PRIORIZACION DE BENEFICIARIOS
PARA APLICACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS DEL PIMVIP
ARTICULO 11. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:
El procedimiento se
desarrollará en las siguientes etapas:
soLICITUD: Los aspirantes a ser beneficiarios de las estrategias elevarán su
solicitud escrita en la Secretaría de Planeación radicada a través de ventanilla
única, creada para este fin.
En ningún caso se recibirán solicitudes que no tengan adjuntos los documentos
solicitados. El hecho de que el solicitante aporte la totalidad de los documentos no
comprometerá la respuesta favorable de la Secretaría de Planeación Municipal.
Los solicitantes que no hayan firmado el Pacto Cívico pasaran a una lista de
espera y se dará prioridad a aquellos que sí lo hayan firmado.
ANÁLISIS DE LA SOLICITUD:
La Secretaría de Planeación verificará a través de
cruce de información, con bases de datos de otras instituciones –Oficina de
Registro de Instrumentos Públicos, Instituto Municipal de Tránsito, Cámara de
Comercio, Secretaria de Hacienda Municipal y el Instituto de Seguros Sociales-,
que el interesado cumpla con los requisitos.
ANÁLISIS SOCIOECONÓMICO:
Con el análisis Socioeconómico se caracterizará
el contexto socioeconómico, a través de entrevista y visita domiciliaria
programadas previamente por medio de citación escrita.
ARTICULO 12. SISTEMA DE CALIFICACION Y SELECCION.
Los beneficiarios
serán seleccionados y priorizados mediante un sistema de calificación numérica,
utilizando diversos coeficientes que evalúan las condiciones socioeconómicas,
familiares y personales del vendedor informal. Se utilizarán las siguientes
variables:
1. COEFICIENTE DE ANTIGÜEDAD
Califica al vendedor informal en función del tiempo que lleva ejerciendo el oficio en
el espacio público.
2. COEFICIENTE DE AUTORREGULACION
Califica al vendedor informal por el número de sanciones de que haya sido objeto
en el ejercicio de su actividad.
3. COEFICIENTE DEL MINIMO VITAL
Este coeficiente califica a cada vendedor de conformidad con su situación
económica respecto del mínimo vital.
4. COEFICIENTE DE VULNERABILIDAD SOCIAL
Califica el nivel de vulnerabilidad económica y social del vendedor informal de
acuerdo con su responsabilidad al interior de su familia o con su condición
personal y social.

5. COEFICIENTE DE NIVEL DE ESCOLARIDAD
Califica el grado de educación o de competencias del vendedor de modo que
permite conocer sus reales posibilidades de acceder o no a la economía o al
mercado laboral formal.
6. COEFICIENTE DE HABITACION O VIVIENDA
Califica la situación del vendedor informal en relación con su situación jurídica
respecto del lugar en que habita, así como el mismo estado físico de la vivienda.
7. COEFICIENTE DE SUBSIDIOS O BENEFICIOS DEL ESTADO
Evalúa la situación del vendedor informal en relación con los subsidios o
beneficios que haya recibido o esté recibiendo del estado.
PARAGRAFO:
Los vendedores informales de frutas, verduras y tintos serán
regularizados a través del procedimiento de identificación, selección y priorización
contemplado en el presente decreto, de conformidad con los criterios que para el
efecto señale el Alcalde Municipal.
Articulo 13. INTERVENCION DEL ENTE DE ESPACIO PÚBLICO.
Se remitirán a
La Comisión del Ente del Espacio Público las calificaciones del Análisis Técnico y
Socioeconómico para que las evalúe. Una vez hecho el estudio correspondiente,
se enviarán a la Mapaci para lo de su competencia.
Artículo 14. INTERVENCION DE LA MAPACI.
Esta Mesa aprobará o rechazará en forma definitiva los resultados del análisis técnico y socioeconómico, determinando los beneficiarios finales de las estrategias. El concepto final que brinde la Mapaci será comunicado al interesado por intermedio de la Secretaría de Planeación
Municipal.
CAPITULO III
DEBERES, RESPONSABILIDADES Y SANCIONES
ARTICULO 15. CAUSALES DE EXCLUSION:
Quienes sean excluidos del Ruvip
perderán todos los derechos y beneficios que se le hayan otorgado y se ordenará
el desalojo del espacio público que ocupen. Serán excluidos del Ruvip:
a) Los beneficiarios que no exploten directa y personalmente o a través del
suplente debidamente registrado en el Ruvip el espacio público ocupado. El
suplente no podrá reemplazar al titular por más de ocho días calendario
continuos, y por más de dos veces al año, salvo en casos de enfermedad
grave o calamidad doméstica debidamente acreditadas. La calidad de
suplente no otorga ninguna clase de derecho sobre el puesto de trabajo del
titular, ni sobre los beneficios o programas desarrollados en virtud de las
estrategias, ni sobre el espacio público ocupado por aquel.
b) Quienes utilicen el espacio público ocupado para realizar, ocultar y
colaborar con actividades ilícitas.
c) Quienes vendan en el espacio público productos no autorizados, salvo los
casos de ventas autorizadas en temporadas, o por fuera del horario, sitio o
zona permitidos. Cualquier modificación respecto a los productos, sitios,
horarios y zonas deberán ser autorizados previamente por la Secretaría de
Gobierno.
d) Quienes ejerzan en el espacio público actividades diferentes a las
autorizadas.
e) Quienes presenten o utilicen documentos falsos en diligencias con las
autoridades.
f) Quienes vendan o arrienden su puesto de trabajo en el espacio público.
g) Quienes incumplan las disposiciones contractuales, legales o
administrativas aplicables.
h) Incumplir los criterios de autorregulación y los deberes y responsabilidades
establecidos en el presente decreto.
PARAGRAFO:
En caso de falta absoluta del vendedor informal se ordenará el
desalojo del espacio público ocupado.
ARTÍCULO 16. DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS VENDEDORES
INFORMALES BENEFICIARIOS.
Los beneficiarios deberán cumplir, además de
los establecidos en el pacto cívico, los siguientes deberes y responsabilidades:
a) Firmar el Pacto Cívico y el compromiso de autorregulación de fecha 25 de
noviembre de 2008.
b) Cumplir las normas jurídicas u obligaciones contractuales que le sean
aplicables.
c) Abstenerse de anunciar sus productos o servicios mediante la utilización de
altavoces, bocinas u otros medios visuales o auditivos que alteren la
tranquilidad ciudadana.
d) Abstenerse de ocupar mayor espacio del asignado por las autoridades.
e) Garantizar que las mercancías comercializadas sean de procedencia lícita,
y portar las facturas o documentos de origen de las mismas. Cuando se
trate de bienes de procedencia ilícita, serán aprehendidos y puestos a
disposición de la autoridad competente.
f) Garantizar que los alimentos comercializados, ya sea producidos por el
mismo vendedor informal o por terceros, cumplan con todos los requisitos
de salubridad, y dar estricto cumplimiento a las normas sobre manipulación
de alimentos.
ARTICULO 17. PRIORIZACION DE ESTRATEGIAS Y BENEFICIARIOS
. La
alcaldía municipal, de acuerdo con el plan de desarrollo, las previsiones del POT y
los recursos disponibles, definirá las prioridades así como la población
beneficiaria, y de conformidad con el impacto que tengan sobre el cumplimiento de
las metas propuestas en materia de recuperación de espacio público. En estos
casos, la Secretaría de Planeación convocará solo a los vendedores informales
que correspondan a dichas zonas o proyectos.
ARTICULO 18. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES.
La
Secretaria de Gobierno adelantará las actuaciones administrativas necesarias a fin
de excluir del Ruvip a los vendedores por las causales previstas en el presente
decreto, con la observancia de los principios del debido proceso, a través del
procedimiento establecido para el efecto.
ARTICULO 19. VIGENCIA
. El presente decreto rige a partir de su publicación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE,
JAIRO ORDILIO TORRES MORENO
Alcalde Municipal de Pereira (E)
LILIANA VALENCIA LOPEZ.
Secretaria Jurídica
VoBo: Secretaría Jurídica
VoBo:
FELIPE MEJIA LAMPREA
Director Operativo de Desarrollo Urbano
P/E: Fabio A Castillo G.- Abogado Contratista
CONTENIDO
SOLICITUD.......................................................................................................... 1
CRUCE BASE DE DATOS................................................................................... 2
PROCEDIMIENTO No 1 (mínimo vital) ................................................................ 4
ANALISIS DE LA SOLICITUD.............................................................................. 4
ANÁLISIS SOCIOECONÓMICO ......................................................................... 4
APROBACIÓN POR PARTE DEL ENTE DEL ESPACIO PÚBLICO..................... 4
INTERVENCIÓN DE LA MAPACI......................................................................... 5
ASISTENCIA A CAPACITACIONES .................................................................... 5
CONTRATO ........................................................................................................ 5
SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICO .................................................... 5
ANEXOS.............................................................................................................. 8
PROCEDIMIENTO No 2 (Superan el mínimo vital).............................................. 7
ANALISIS DE LA SOLICITUD.............................................................................. 7
CONTRATO......................................................................................................... 7

PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN, CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS ESTRATEGIAS DE RECUPERACIÓN Y PRESERVACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO Y SU ARMONIZACIÓN CON LOS
DERECHOS DE LOS VENDEDORES INFORMALES QUE LO OCUPAN

Los beneficiarios se seleccionarán de acuerdo con el siguiente procedimiento:
SOLICITUD
Por medio de visita de campo, medios de comunicación se hará el llamado a las
respectivas zonas priorizadas en el Pacto Cívico, para que los aspirantes a ser
beneficiarios, eleven su solicitud (Anexo 1) escrita en la Secretaría de Planeación
radicada a través de ventanilla única, creada para este fin.
Con la solicitud se deberán anexar los siguientes documentos:

a) Fotocopia de documento de identidad;

b) Certificado de Antecedentes Penales;

c) Documento que lo acredite como vendedor informal (carné), si lo tuviere

d) Certificado de Supervivencia, para mayores de sesenta años.

e) Carnet de afiliación al Sisben, si lo tuviere.

f) Recibos de pagos de impuesto de industria y comercio antes de 2008, si
los tuviere

g) Recibos de pago de impuesto predial con anterioridad al 2008, si los
tuviere.

Nota 1: En ningún caso se recibirán solicitudes que no tengan adjuntos los
anteriores documentos, los cuales no comprometen a la Administración a
otorgar una respuesta positiva.

Nota 2: Los solicitantes que no estén inscritos en el RUVIP, pasaran a una
lista de espera y se hará el análisis (Mínimo Vital, Confianza Legitima), para
su ingreso.

CRUCE BASE DE DATOS
Recibida la solicitud, la Secretaría de Planeación verificará a través de cruce de
información, con bases de datos de otras instituciones –Oficina de Registro de
Instrumentos Públicos, Instituto Municipal de Tránsito, Cámara de Comercio,

Secretaria de Hacienda Municipal y el Instituto de Seguros Sociales, que el
interesado cumpla con los criterios para el ingreso a uno de los siguientes
procedimientos:
Procedimiento No 1: Se caracteriza por dar alternativas a los vendedores que
están en el marco del mínimo vital.
Procedimiento No 2: Hace referencia al procedimiento que acoge a aquellos
vendedores que sobrepasan el mínimo vital.
PROCEDIMIENTO No 1 (Mínimo Vital)
1. ANÁLISIS DE LA SOLICITUD:
Se evidencio en el cruce de bases de datos que el vendedor no posee fuentes de
ingresos que puedan sobrepasar el mínimo vital, por consiguiente pasará al
análisis socioeconómico.
2. ANÁLISIS SOCIOECONÓMICO
Con el análisis Socioeconómico se verificará el contexto socioeconómico del
vendedor informal, a través de una entrevista (Anexo 2) programada por citación
escrita (Anexo 3). La realización de la Visita domiciliaria será también
programada a través de citación (Anexo 4), con el fin de verificar la información
suministrada en la entrevista y a su vez completar los datos que no se
diligenciaron en la misma.
Si una vez programada la entrevista y la visita domiciliarias el interesado no se
presenta a estas, se dejará constancia de ello en el expediente (Anexo 5 Y 6) y se
programará con el vendedor informal una nueva cita. Si en la segunda citación no
se desarrollo ninguna de las anteriores, el interesado quedará excluido del
programa siempre y cuando no presente justificación escrita de su ausencia.
La entrevista y la visita domiciliaria tienen un sistema de calificación para cada
ítem, analizada en una base de datos que cuenta con un programa, el cual
otorgará la puntuación final. La secretaría de planeación municipal será la
dependencia encargada de administrar a aplicar el programa de calificación.
3. APROBACIÓN POR PARTE DEL ENTE DEL ESPACIO PÚBLICO
Se remitirán a La Comisión del Ente del Espacio Público, conformada por la
Secretaria de Planeación Municipal, Secretaria Jurídica, Secretaria de Hacienda,
Secretaria de Gobierno y Secretaria de Infraestructura, las calificaciones del
Análisis Técnico y Socioeconómico para que este las evalúe. La Comisión remitirá
todas las calificaciones a la MAPACI para su aprobación o rechazo final.
Las evaluaciones del Ente de Espacio Público se harán constar en actas, suscritas
por todos sus integrantes.
4. INTERVENCIÓN DE LA MAPACI Ó QUIEN HAGA SUS VECES.

Esta mesa compuesta por representantes del Municipio, representantes de los
Gremios, y representantes de los vendedores Informales, aprobará o rechazará
en forma definitiva los resultados del análisis técnico, socioeconómico y
solicitudes para ser incluidos en el RUVIP, determinando los beneficiarios
finales del proyecto.

Analizará los casos que ponga su consideración la Comisión del Ente del
Espacio Público.
Nota
: Posterior a la aprobación, la MAPACI informará a la Secretaria de Gobierno
los beneficiarios, para que estos de acuerdo a la estrategia de inclusión declarada,
los remita a las diferentes Secretarias si es el caso para sus respectivos trámites:

Secretaria de Planeación (Contratos Acuerdo 78)

Secretaria de Gobierno (Control Contractual),

Secretaria de Hacienda (Control de Pagos)

Secretaría de Desarrollo Rural (Banco de las Oportunidades:

Financiar, capacitar y asesorar actividades productivas)

Secretaría de Desarrollo Social (Capacitaciones a la Comunidad)

Secretaria de Educación (Dirigir Procesos Educativos y Culturales)

Secretaria de Salud (Vigilancia y Control de los factores de riesgo para
la salud, presentes en el ambiente y en el consumo, a través del Área de
Salud Pública)

Cultura Ciudadana (Área Metropolita, construcción de conciencia
social)
5. ASISTENCIA A CAPACITACIONES
Antes de la inclusión en una de las estrategias, el beneficiario deberá asistir como
requisito para seguir en el mismo, a las capacitaciones de formación de acuerdo a
las características de su actividad comercial, que ofrezca la Alcaldía.
6. CONTRATO
De acuerdo a la estrategia de inclusión declarada por el beneficiario (Reubicación)
se realizará por parte de la Secretaria de planeación los respectivos trámites del
contrato.
7. SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICO
Los vendedores informales (estacionarios, semiestacionarios y ambulantes)
estarán incluidos en una base de datos georeferenciada, la cual permite acceder a
los datos de identificación y ubicación del modulo de ventas.
PROCEDIMIENTO No 2 (Vendedores que superan el Mínimo Vital)
1. ANÁLISIS DE LA SOLICITUD
Analizada la solicitud, se determino que el solicitante puede obtener ingresos
mayores al mínimo vital debido a que es:

Propietarios de dos o más bienes inmuebles que pueden generar ingresos
mayores al mínimo vital.

Propietarios de vehículos de servicio público o privado que puedan generar
ingresos que sobrepasen.

Perciben ingresos de otras actividades económicas, formales o informales
que superan el mínimo vital.

Son pensionados.
La administración otorgará una alternativa para este tipo de población con unas
características especiales descritas en el siguiente punto.
NOTA:
Se aplicaran para el presente procedimiento los numerales 2, 3, 4, 5,7 y 8
del procedimiento No 1
6. CONTRATO
Una vez recibido el concepto favorable de la MAPACI ó quien haga sus veces, el
vendedor informal deberá cumplir lo siguiente:

Adquirir el modulo previamente establecido por la administración de
acuerdo a su actividad, en un plazo máximo a un año.

Hacer el pago de la contraprestación económica según lo establecido en
el acuerdo 078.
Para el efecto, el beneficiario suscribirá un acta (Anexo 7) en la que hará una
declaración manifestando de forma irrevocable, que acepta la alternativa otorgada
por la Alcaldía y desea ser incluido en la misma. Si el beneficiario no acepta la
alternativa será excluido del programa y se ordenará la recuperación del espacio
público que ocupa.

domingo, 12 de septiembre de 2010

Peatones “ahogados” por las ventas


http://www.eldiario.com.co/seccion/DENUNCIE/peatones-ahogados-por-las-ventas100908.html

Controlar el espacio público en Pereira se ha convertido en muchas ocasiones en una batalla campal entre funcionarios de la administración municipal y los vendedores ambulantes de la zona céntrica de la ciudad porque la orden es clara: "hacer mover de donde se encuentren a los vendedores que actualmente no tienen un permiso para ofrecer sus productos".

Y cuando los operativos no se tiñen de agresividad sí se ve una gran mancha de personas corriendo a lado y lado de las vías para evitar que la poca mercancía que lograron comprar sea decomisada por un mes completo o por 24 horas cuando se trata de alimentos perecederos, perdiendo el sustento del día para ellos y sus familias.

Sin embargo en el sector donde se enfoca este análisis no se ha llegado a un extremo como el que se ha vivido en la zona céntrica de la capital del departamento, porque los controles que se han realizado hasta el momento no ha requerido la utilización de la fuerza pública, pero el problema es complicado porque la movilidad se vuelve una prueba de fuego.

El diagnóstico
Si usted necesitara pasar o es transeúnte frecuente de la calle 19 para llegar hasta la plaza principal de la ciudad, se dará cuenta que el tiempo para hacerlo se le puede multiplicar en varios minutos, porque el flujo peatonal es bastante alto, más la cantidad de negocios en los alrededores de los andenes entre semiestacionarios o ambulantes, sumado al vehicular que caracteriza esta zona vuelve el paso en una prueba de obstáculos con un alto grado de dificultad.

Actualmente estas cinco cuadras a las que se hace referencia tienen un total de 79 negocios semiestacionarios autorizados, de los cuales 19 se ubican entre la carrera 10 a la 11; 15 entre la 7a. y la 8a.; 19 puestos entre la 8a. y la 9a.; y 26 puestos de la 11 hasta la 13.

Sin embargo muchas personas que buscan su sustento diario se ubican en este sector y no lo hacen solamente al margen derecho del andén, también al lado izquierdo del mismo, lo que perjudica el flujo normal de personas, para tener un ejemplo más claro de lo que se expone es la calle 19 entre carreras 11 y 12.

“Actualmente están autorizados 19 vendedores de fruta, carritos de dulce, entre otros y en este momento se tienen identificadas a 7 personas más que venden sus productos sin ningún permiso”, afirmó Héctor Darío Gallego, director operativo de la Oficina de Espacio Público.

Cuando se reubicaron
En este momento muchos pensarán que estas personas que llegaron a esta zona lo hicieron de forma abrupta, sin ningún tipo de control, pero no fue así, la mayoría de estas estaban como vendedores sobre la carrera 8a, el talón de Aquiles del espacio público en la ciudad.

Estando en este sector los vendedores recibieron una oferta de la administración municipal encabezada por Martha Elena Bedoya, para ser reubicados desde la carrera 7a hasta la 12 por toda la calle 19.

Allí a cada uno se le adjudicó un espacio y un número, con los cuales en este momento se les lleva un control más riguroso para evitar que más personas se ubiquen sin ningún tipo de permiso, sin embargo en la mayoría de los casos muchos vendedores no autorizados se ubican allí quebrantando la ley y exponiéndose a que la mercancía les sea retenida.

No más vendedores
Aunque para muchos la solución es permitir que los demás vendedores se ubiquen en otros espacios de las vías antes mencionadas, la tarea no es fácil, porque un decreto expedido en el año 2001 cierra completamente la posibilidad de generar más permisos.

A lo anterior se le suma que de acceder a ubicar a los demás vendedores sin permiso legal, se viviría una experiencia más difícil de la que se tiene en el día para pasar por este traumático lugar.

“Lo que muchas personas no entienden es que la norma se debe cumplir y nosotros como funcionarios estamos en la obligación de hacerla respetar, lo ideal es abrirle espacio a otros pero el Decreto 266 del 2001 prohíbe expedir autorizaciones y permisos a otras personas”, explicó Gallego.

Qué piensan
Para la mayoría de vendedores de este sector estar trabajando bajo la norma es muy importante, porque no tienen que vivir con la zozobra del decomiso de la mercancía y les permite acreditar sus negocios ante sus clientes.

“Si me pondrían a decidir yo escogería estar bajo la ley, organizado como lo estoy actualmente, porque le permite a uno trabajar más cómodamente sin problemas, porque gracias a que pagamos impuestos como los demás nos da esa posibilidad”, afirmó Augusto Ramírez, un vendedor.

Otros con una visión más solidaria están de acuerdo en que el espacio debe ser compartido con otros compañeros que necesitan "rebuscársela" para poder sobrevivir.

“A nosotros no nos perjudica en nada el hecho de que otros compañeros vendan sus productos aquí, es más cada uno de nosotros tenemos nuestra clientela, entonces no hay nada de qué preocuparnos”, aseguró Julián Castro, vendedor.

Los controles
No cabe duda que los controles que actualmente ejerce la Oficina de Espacio Público de la Alcaldía son constantes en todos los sectores de la ciudad, porque tanto en la mañana o en la tarde se hacen inspecciones del personal que se encuentra allí de forma fraudulenta, para hacerlo mover y en un caso extremo decomisarle la mercancía.

Al parecer la salida más clara a este problema o por lo menos una estrategia de control para evitar exceso de vendedores en espacio público se encuentra precisamente en los decomisos, aunque para muchos es una medida muy fuerte.

“Se debe ser consciente que es el bien común, es el orden público, y por ahora seguiremos haciendo los controles que sean necesarios para evitar las ventas de vendedores no autorizados y de esta forma garantizar la movilidad de los peatones por estos sectores que presentan un alto grado de comercio”, comentó Gallego.

Estadísticas
Para la Oficina de Espacio Público de la Alcaldía de Pereira el nivel de retenciones ha disminuido frente al año anterior, donde fue bastante alta la aplicación de esta medida.

“El año anterior nuestro personal logró realizar cerca de 60 retenciones de mercancía a vendedores que se hacían en este sector sin ninguna autorización, mientras que en lo que va corrido del año sólo se han presentado cerca de 30 retenciones”, afirmó el funcionario.

Sin embargo el problema de los vendedores que no son estacionarios que son ambulantes va disminuyendo, porque si se miran las estadísticas en estos dos años sólo cuatro negocios han sido movidos de allí.

“El año pasado se lograron retirar dos negocios que no estaban autorizados y este año llevamos la misma cifra”, agregó Gallego.

lunes, 6 de septiembre de 2010

Vendedor pobre/cito, es un mito

en http://www.latarde.com/local/pereira/30590-qvendedor-pobre-es-un-mitoq.html

SONIA DÍAZ MANTILLA
director@latarde.com

Al escuchar a Orlando Parra,facilitador del convenio de cooperación entre la Alcaldía de Pereira y la Universidad Católica, para el manejo de las ventas informales del centro de la ciudad y del subcentro de Cuba, uno asiste a la caída de varios mitos sobre lo que son las ventas de calle en Pereira y la ciudadela Cuba. La investigación que realizaron permite perfilar a los vendedores y su actividad, por la que algunos obtienen ganancias superiores a los $30 mil millones al año
(lo que facturan 120 empresas legales), de los cuales no queda un solo peso para el Estado o para obras públicas. Es de tal tamaño el aprovechamiento indebido del espacio, que en Cuba hasta arriendan un puesto de madera a $500 mil el mes.

L.T. Ustedes hicieron la caracterización del vendedor de calle. ¿Cómo es ese vendedor?
O.P.: Lo primero fue romper el mito del vendedor pobrecito. En el RUVIP(Registro Único de Vendedores Informales de Pereira) están los vendedores estacionarios, los semiestacionarios, los ambulantes. Uno puede pensar que ahí están las clases sociales distribuídas. Un vendedor estacionario puede facturar al mes millones de pesos en ventas (hay muchos hijos de esos vendedores estudiando por ejemplo en la Católica, sin beca). Un semiestacionario ya es otra categoría, es la clase media de ellos, que puede tener ventas al mes que le dejen ganancias por más de dos salarios mínimos, y está el vendedor ambulante,que también tiene categorías (uno de frutas y verduras se puede hacer $40 mil al día,porque el margen de ganancias es alto) y una minoría que realmente está por debajo de la línea de pobreza. Esos son los adultos mayores, los ancianos que venden en chazas. Hay hasta ancianos que reciben su pensión y aún así venden en calle. Lo que hay aquí es un gran desorden financiero de ellos.El reconocido empresario pereirano Alcides Arévalo fue vendedor ambulante, vendía al frente de la Ferretería Lima. Él es una muestra de que cuando usted se organiza, paulatinamente puede ascender socialmente. La mayoría están en el Sisbén.

¿Si como dice muchos tienen ingresos superiores a dos salarios mínimos porqué están en el Sisbén?
Nosotros probamos que el 80% de las personas que están como vendedores de calle tienen casa propia; algunos tienen cuentas bancarias. Hay un caso muy diciente, uno de los líderes de los bolseros es un señor que se dice que tiene farmacias y otros negocios.Lo que creemos en términos generales es que el tema del uso y aprovechamiento económico del espacio público se debe organizar y el RUVIP es una excelente información que va a llevar, por ejemplo a que muchos le tributen al municipio por lo que poseen. Otra gente tendrá que entrar a programas de intervención social y otros deberán ser reubicados en módulos recibiendo capital semilla y créditos.

¿La solución de los módulos es definitiva o tiene plazos?
Es una solución temporal, mientras reciben capital semilla para actividades de emprendimiento. Los artesanos ubicados en la 18 pagan mil pesos diarios por el sitio que ocupan.

¿Eso compensa la utilización que hacen del espacio de todos?
Yo no creo que compense, pero teniendo en cuenta que vienen de una cultura del no pago, es un inicio.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS

¿Por qué los artesanos sí pagan, así sea una suma simbólica, y los demás no?
Tampoco es deseable que la gente diga bueno, yo pago y entonces utilizo el espacio.
Tiene que haber un proceso de orden, solamente aquel que por condiciones de mínimo vital accedería a esas condiciones. Hay otros casos en los que lo que tienen montados son empresas en las calles de la ciudad, como en la 30 de agosto y la Circunvalar que hay ventas ventas de perros con varios empleados. El tema es de darle orden a la venta callejera, para que no siga siendo anárquica.

Usualmente son vistos los vendedores como el problema, pero ellos están dispuestos a
involucrarse en el proceso,¿tienen disposición de hacer cambios?
Depende del vendedor. Hay quienes dicen yo me quiero salir ya, como hay otros que dicen que se mueren en el sitio en que se encuentran. Hay también una cultura del temor al cambio. Pero por ejemplo las vendedoras de la calle 17, ancianas, hicieron el cambio.


¿Qué viene para el desarrollo del convenio?
Oficialmente nada. La Cámara de Comercio está solicitando que se continúe con el proceso,pero la universidad hace la reflexión de que ha invertido más de $400 millones en el proceso, la fase siguiente es de obras, de capital semilla para la que se requieren $8 mil millones y la tercera consideración es que a nosotros se nos contrató para hacer los estudios,luego se nos pidió que acompañáramos la negociación, pero la Católica se ha quedado por el clamor de los firmantes del
Pacto Cívico para que nos quedemos.Lo realmente importante es que la ciudad avance en la organización de su espacio público, una forma sería con la creación de una dependencia que se ocupe sólo de ese tema.

¿QUIÉN ES?
Orlando Parra Gómez es Magister en Historia de la U. Javeriana; candidato a (estudiante en la) Maestría en Metodología de la Ciencia en Ciesas, México, y candidato a (estudiante en la) maestría y Doctorado en Historia de la Escuela Nacional de Antropolítica e Historia en México, además de licenciado en Ciencias Sociales de la UTP. Actualmente es coordinador del Centro por el desarrollo humano y la paz, CEDHUPAZ,de la U. Católica en Pereira. Ha sido docente universitario, consultor de varias entidades y fue director ejecutivo de la Asociación Permanente de Ciudadanos Pereiranos por la Paz, entre otras actividades profesionales y académicas, entre las cuales también se
destaca la publicación de varios libros.
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Por el webmaster de Contodosycontodo
Algunos datos pertinentes:
*Se calcula que las ventas ascienden a 33.000 millones de pesos en el subcentro de Cuba y en el Centro de Pereira
*ONU HABITAT presentò un reciente estudio en el cual se detecta la venta a travès del comercio informal callejero, de productos legales, asociados a 120 empresas, las cuales tienen una relaciòn de labor a destajo con los comerciantes: Cero Honorarios, Cero Prestaciones Sociales
*Segùn los datos de Gestiòn Inmobiliaria quien cruzo la informaciòn del RUVIP con bases de vivienda, se calcula que màs de la mitad de los Comerciantes en Calle, poseen Vivienda Propia.
*Las tres alternativas pactadas dentro del pacto cìvico para ordenar el comercio en calle y el espacio pùblico asociado al mismo son: Habitat-Modulos; Formalizaciòn-Emprendimiento; Intervenciòn Social: el comerciante en calle deberà escoger una de ellas

viernes, 3 de septiembre de 2010

El pacto cívico continúa


El Pacto Cívico, cuyo objetivo es el de “Articular el derecho al trabajo de los vendedores informales con el derecho de los ciudadanos de poder hacer parte de un espacio público ordenado…”, salió airoso de una etapa de crisis. La ratificación de los antiguos y la adhesión de nuevos firmantes así lo demuestran. En esa forma, inicia otra fase la más ambiciosa tarea de concertación realizada en Pereira. Lo conseguido hasta ahora- a pesar de las críticas y los altibajos- es satisfactorio.

Esta es una sociedad sometida a la politiquería, al cortoplacismo, a los pequeños intereses, a la decadencia del civismo y a la displicencia de las personas que ya no creen en nada. Por eso son valiosos los logros obtenidos bajo la dirección de la Universidad Católica. Hoy se conocen las realidades y las mecánicas de ese mundo complejo. El diálogo continuo rompió barreras y promovió la asociatividad. Nació Corpocontodos, y surgió Corpovendedores que junta a 13 grupos antes dispersos. Ya fueron recuperadas las primeras zonas en Cuba. Algunos vendedores iniciaron sus propias empresas. Aparecieron propuestas futuristas de urbanismo. Y es notorio el fortalecimiento interno de las organizaciones que quieren sacar adelante la idea.

Lo que sigue es con plata, autoridad y voluntad política. Llegó la hora de instalar los módulos. Ordenar la venta de frutas, verduras, tintos y otros productos. Capacitar a los vendedores que se formalicen. Reducir la densidad de ocupación en el centro de Cuba. Impulsar la creación de la Secretaría del Espacio Público.

El Alcalde no puede desfallecer. El éxito del proceso será un gran legado de su gobierno y, también, de los dirigentes gremiales del comercio formal e informal que se arriesgaron en la aventura.

El modelo integral que está en marcha recoge elementos de los nuevos paradigmas del pensamiento. Por tal razón priman la concertación sobre la coerción, la confianza y la mutua colaboración sobre la hostilidad, la acción grupal sobre la individual, las redes sobre las jerarquías y la autorregulación sobre la indisciplina.

El Pacto Cívico es un laboratorio de gobernanza que le da un liderazgo a la ciudad. Es una escuela para practicar los valores que necesita la democracia. Su consolidación traerá orden, equidad social y riqueza a las caóticas calles de la Capital.

miércoles, 1 de septiembre de 2010

El pacto es con todos

http://www.latarde.com/opinion/editorial/30394-el-pacto-es-con-todos.html

Ayer terminó la vigencia del contrato entre la Alcaldía de Pereira y la Universidad Católica, para la intervención del manejo del espacio público y si nos atenemos a lo que dijo el alcalde, Israel Londoño, en su décima rendición de cuentas de este año (¿eso sí estará sirviendo para algo?), el contrato va a continuar.

Hay varios temas relevantes en esta situación. La Católica hizo lo que no había hecho ninguno de los contratistas o administraciones: levantar la información real sobre la situación de los vendedores de calle en Pereira, además de proponer varias soluciones surgidas desde la academia, y comprometer a varias entidades públicas y privadas en el denominado Pacto Cívico.

Eso no se había hecho nunca y hay que valorar positivamente la gestión de la Católica en un proceso en el que nadie creía en principio. Ni la misma Alcaldía, que todavía no se ha comprometido debidamente en la apropiación presupuestal, para comenzar a desarrollar las soluciones, cuyos diseños fueron entregados desde el año pasado.


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Pero el tema del espacio público en Pereira no se puede limitar a los vendedores de calle (de los 1400 censados, 860 tienen casa propia y 100 son beneficiarios de Vis de Comfamiliar), porque ese no es el único tema en la recuperación del espaciio público aunque es el que conlleva más compromiso con los temas sociales.

Una solución requiere, según la Católica, una inversión promedio de $8 mil millones (¿porqué aparecieron tan rápido los $12 mil millones para el estadio y no hay de dónde conseguir un peso en la solución a las ventas de calle?).

Parece ya imperativo crear una entidad en la Alcaldía que centralice el tema del manejo del espacio público (siete dependencias tienen tareas en ese sentido), y comenzar a diseñar políticas públicas reales para su manejo.

Presupuesto, decisión política, inversión y autoridad. Eso es lo que se necesita.

Organizar el comercio de calle requiere recursos

http://www.latarde.com/local/pereira/30401-organizar-el-comercio-de-calle-requiere-recursos.html

Sólo entre el 15% y el 20% de los 1.700 vendedores de la ciudad están por debajo de la línea de la pobreza y son adultos mayores que trabajan con ‘chaza’.

Así lo expresó Orlando Parra, director del acompañamiento al plan de manejo de vendedores informales que realizó hasta ayer la Universidad Católica, durante la socialización que hizo sobre lo que ha sido su experiencia en este proceso.

Dentro de la exposición se mencionó que 860 vendedores tienen vivienda, y en su entorno todos los informales viven corriéndole al del ‘gota a gota’, hay contrabando, ilegalidad, entre otras.
La mayoría de vendedores ganan más de un salario mínimo con su trabajo en las calles.

“Por eso el hecho de que estén en el Ruvip (registro de vendedores) no significa que tendrán los beneficios que ofrece la Alcaldía, pues algunos tienen bienes en arrendamiento”, dijo Parra.

Recursos
Una de las metas es acabar con la herencia del oficio, es decir, que los hijos de los vendedores no vayan a ejercer la misma actividad. La educación es fundamental, al igual que los recursos para seguir el proceso.
Frente al tema, Parra críticó que no se destinen los suficientes recursos para este tema que es constitucional y sí se pueda hacer con obras como el Estadio.

Perfil: líder de los vendedores
Tiene 42 años, llegó a Pereira hace 20, desde Cúcuta, Santander. Le gusta dialogar más que ‘alegar’, y escuchar a los otros. Apenas terminó su bachillerato hace un mes, y se graduará el 12 de septiembre del Colegio Aquilino Bedoya. Todas las mañanas sale de su casa en Corocito para vender frutas y verduras. Así es Fabio Alfonso Jaimes, su carácter lo ha llevado a ser el presidente de Corpovendedores, la organización más grande de vendedores informales de la ciudad (agrupa a cerca de 700 vendedores y si entran los de Cuba, serían mil).

“Si hay que hablar de un líder de vendedores es él, porque cuando empezamos a trabajar el tema hubo muchos que se nombraron líderes, y realmente no lo eran. Hay cerca de 13 asociaciones en la ciudad, cada una con un líder. Pero Alfonso Jaimes ahora los representa a casi todos”, dice Orlando Parra.

“Mi propuesta es luchar por la casa del vendedor informal como funciona en Bogotá”, dice Jaimes para quien la continuidad a los procesos de organización de ventas informales es fundamental para tener éxito y le dice a sus asociados que hay que ‘jugarle’ a las propuestas municipales. “Además el problema del espacio público no es sólo de vendedores”, concluye.

Organizar el espacio público en Pereira cuesta 5.000 millones de pesos

en http://www.eldiario.com.co/seccion/LOCAL/organizar-el-espacio-p-blico-en-pereira-cuesta-5-000-millones-de-pesos100831.html
Marcela Santos Ruiz

Una inversión de 5.000 millones de pesos, la creación de un observatorio de espacio público y la organización del subcentro de Cuba, son las necesidades más apremiantes que tiene la reorganización de los vendedores informales en Pereira.

Estos aspectos fueron dados a conocer durante la presentación del balance del proyecto “Uso y aprovechamiento económico del espacio público” liderado por la Universidad Católica Popular del Risaralda, donde se expuso que es urgente que la administración municipal, se comprometa a conseguir los recursos necesarios para que este proceso sea un éxito y no conformarse con instalar unos cuantos módulos que en nada solucionan la grave problemática que vive la ciudad.

“Es urgente que se inviertan estos dineros que garantizarán la reubicación de 600 vendedores informales, pues entregar sólo una calle armonizada cuando el centro cuenta con 7 zonas críticas sobre saturadas por la mala ocupación del espacio público, no es la solución a esta problemática”, señaló Orlando Parra, gerente del convenio de cooperación de la Universidad Católica de Risaralda.

En cuanto al observatorio de espacio público la universidad manifestó la necesidad de crear esta figura en Pereira como existe en Bogotá, a través de un ente civil que vigile y ejerza control sobre los procesos relacionados con el manejo del espacio público.

“Para tal fin la universidad considera que la Cámara de Comercio de Pereira, es la entidad idónea para hacer un seguimiento más a fondo del tema del espacio público de lado de otras instituciones de carácter civil”, anotó Parra.

Se tuvo en cuenta
Durante la entrega de resultados del estudio se tuvo en cuenta la aceptación que ha tenido el proceso entre el gremio de vendedores informales pues a la fecha un grupo de 20 de los 22 firmantes del pacto cívico han pedido que la universidad continúe liderando el proyecto, según informó Parra “la Universidad Católica recibió una carta por parte de los gremios y las organizaciones de vendedores informales pidiendo al Consejo Superior que continúe acompañando el proceso, siendo esto un respaldo muy importante para esta alma mater”.

Sin embargo, las directivas de la institución señalan que no es necesario que la universidad continúe acompañando el proceso, pues a la fecha ya se han concluido los estudios, el proceso de concertación y el plan de organización, pues ahora lo que se requiere es el tema presupuestal que le corresponde a la Alcaldía.

Organización de Cuba
El tema de la organización del espacio público en el subcentro de Cuba, fue otro de los temas más controvertidos ayer durante el encuentro.

En primer lugar porque se requiere de una organización del espacio automotor, así como la organización de sus andenes y una mayor presencia estatal, pues este sector es muy concurrido y se requiere de una intervención lo más pronto posible, así como se piensa en el centro de la ciudad.

“El problema es que la gente está acostumbrada a ver la 8a. entre calles 14 y 19 como el foco de la problemática del espacio público, dejando de lado este mismo problema en Cuba pues combina la sobre saturación de ventas ambulantes, estacionarias y semiestacionarias con una mala utilización del parqueo de automotores”, agregó Parra.

Finalmente se espera la voluntad del alcalde Israel Londoño para crear el Observatorio de Espacio Público, así como la consecución de recursos para darle continuidad al proceso.