jueves, 23 de diciembre de 2010

Sin propósito de enmienda

por
JUAN ANTONIO RUIZ en http://www.latarde.com
Hace dos años, en su primer diciembre como alcalde, Israel Londoño visitó y llamó por teléfono a dirigentes gremiales, empresariales y a algunos periodistas, para disculparse por el desbarajuste desencadenado en el centro tradicional de Pereira, por la explosión de ventas informales. Aseguró que esa situación se había salido de control y que “nunca más” se volvería a repetir algo similar.

Aquella perentoria advertencia del alcalde se cumplió. Este año, la situación de anarquía sobre los andenes de la carrera octava no es similar a lo ocurrido en 2008 y 2009, es muchísimo peor. Sobre todo, cuando el peatón observa variada mercancía sobre los desteñidos avisos en los andenes que decían: “Espacio Público armonizado”. Y cuando los flamantes Fruver Móviles, entregados en publicitado acto por el alcalde a los vendedores de frutas y verduras, son usados para ofrecer zapatos, camisas y juguetes. Y cuando los patrulleros de la Policía y oficiales de control, conversan animadamente en las esquinas, como si estuvieran viendo un entretenido partido de fútbol y no protagonizando un caótico espectáculo de desorden e indiferencia.

En noviembre, me encontré con la profesional pereirana Esperanza Hurtado, experta en temas del Espacio Público y a quien la Universidad Católica Popular de Risaralda trajo desde Bogotá para asesorar el plan de manejo integral de las ventas informales. La destacada consultora me expresó la frustración, amargura y tristeza por lo que llamó “la forma irresponsable y politiquera” como el gobierno municipal ha manejado el tema del espacio público, en los últimos tres años.

Uno siente que, con gran habilidad, el alcalde Londoño contrató a la UCPR para que le hiciera frente al proceso de reorganización de ventas informales y fuera la academia la que asumiera el desgaste de un tema complejo y en donde convergen muchos intereses; mientras que la administración se blindaba y podía actuar con cierta tranquilidad, incluso, entregando permisos para puestos callejeros en varios sitios de la ciudad, como lo ocurrido a lo largo de la Avenida 30 de Agosto.

A los cuestionamientos ciudadanos y a los editorialistas de prensa que comentan sobre el desgobierno, el deterioro del centro, la proliferación de ventas informales, el desaseo, y la imposibilidad de los peatones de utilizar los andenes; el señor alcalde, con una lógica equivocada, asegura que “si el centro se estuviera muriendo, no estarían llegando grandes superficies e inversiones cuantiosas como las efectuadas por Flamingo y Superinter”.

Lo que se le olvida al mandatario es que dichas inversiones se sustentan en la trayectoria de Pereira como plaza comercial; en su estratégica ubicación y en que, a pesar del 19,6% de desempleo, todavía circula bastante dinero, tanto legal como ilegal, en los circuitos de consumo.

Ni Flamingo, ni Superinter, ni Parque Arboleda, ni el Grupo Éxito tomaron sus decisiones de inversión pensando en la brillantez de nuestros gobernantes, porque de lo contrario, se hubieran ido para otra parte.

miércoles, 22 de diciembre de 2010

el tema de fondo es que la ciudad carece de una entidad que de orden

“El tema de fondo va más allá de si se peatonaliza o no, de si 80 personas en una encuesta dicen que si o que no, inclusive de si se tienen módulos o no: el tema de fondo es que la ciudad carece, a la fecha, de una entidad que le de orden, que le de armonía, que haga respetar el espacio público para beneficio de todos los ciudadanos, comerciantes o no” manifestó el Presidente de FENALCO y de CORPOCONTODOS, Germán Calle Zuluaga.

La declaración se dio cuando se discute la posibilidad de peatonalizar la 8ª, debido a la proliferación de vendedores llegados por la temporada navideña incluso de otras partes del país, los cuales han desbordado la capacidad de control de la Secretaria de Gobierno Municipal. Calle manifestó q la propuesta de peatonalizar lo que pretende es “Formalizar que los peatones ya deben bajarse a las aceras”.

“Llevamos cerca de dos años, realizando estudios, construyendo concensos, estableciendo pactos como el pacto cívico, mecanismos de control que se incumplen como el Registro Único de Vendedores Informales RUVIP, o la Mesa de Acompañamiento al Pacto Cívico, MAPACI, o los Decretos; dos años en los cuales se han dejado claras las soluciones, lo que hay que hacer, que esencialmente es cumplir lo ordenado por la corte constitucional; todos somos conscientes que lo que se necesita es una entidad técnica, que sea capaz de sumar las siete dependencias de la alcaldía relacionadas con el espacio público en una sóla, en una secretaria, en un instituto o en una defensoría del espacio público: de esa Defensoría nos la pasamos hablando todo el 2010, esperemos que en el 2011 exista, tal cual ha empeñado su palabra públicamente el señor Alcalde, y, tal vez ahí si, se puedan apoyar peatonalizaciones, porque habría quien hiciera control, un real control que beneficie a la ciudadanía, a los comerciantes formales, y a los mismos comerciantes en calle” insistió el presidente de Corpocontodos

martes, 21 de diciembre de 2010

MOGADORES DEBEN SER PARA BENEFICIO COMUN DE LA CIUDAD

Pereira diciembre 21 de 2010

Doctor

OMAR ALONSO TORO SANCHEZ

Secretario de Gobierno Pereira


Doctor

JAIRO ORDILIO TORRES

Secretario de Planeación Pereira

Ciudad

Ref. Solicitud información sobre publicaciones de prensa

La Corporación Con Todos CORPOCONTODOS, se permite saludarlos en forma muy especial, desearle éxitos en su gestión al frente de su secretaria con la cual tenemos muchos puntos en común pudiendo concluir que debemos ser un equipo, en cuanto a la observación, defensa y conservación del Espacio Público. Sobre ese aspecto queremos hacerle los siguientes comentarios:

1. En el periódico la tarde del día viernes 10 de diciembre del corriente año se publico un artículo de uno de sus columnistas titulado Mogadores, en donde se hacen denuncias sobre la violación a normas del Espació Publico contenidas en resoluciones de la Secretaria de Planeación, la Ley 140 y el Acuerdo 078.

2. El articulista hace cálculos sobre los valores comerciales de la publicidad instalada y los ingresos para el municipio sobre los mismos, concluyendo que el grueso del negocio es para un particular.

3. Como existe el Fondo de Aprovechamiento Económico del Espacio Público cuyos ingresos se revierten en la mejora y conservación del mismo, consideramos oportuno recomendarle la utilización de entidades sin ánimo de lucro para la firma de convenios o contratos que tengan que ver con el Espacio Público y que téngalo por seguro cumplirían al pie de la letra las normas de control sobre el mismo y la utilización de los recursos sería de beneficio común para la ciudad.

4. Nos gustaría conocer su versión sobre los hechos mencionados, para claridad de las actuaciones de la administración.

Sin otro particular y conociendo su espíritu democrático nos suscribimos de usted.

Cordialmente.

GERMAN CALLE ZULUGA MARINO MUÑOZ HENAO

Presidente Director Ejecutivo (e)

contribuir a una mejor movilidad en la ciudad.

Pereira diciembre 20 de 2010

Doctor

CARLOS IVAN ROJAS

Subdirector de Movilidad

Instituto Municipal de Transito Pereira

Ciudad

Ref. Semaforización

Cordial saludo

En El Periódico La Tarde del 20 de los corrientes mes y año se informo sobre la excelente idea de la instalación de semáforos inteligentes en la ciudad y la ubicación de nuevos en sitios neurálgicos; sobre el particular además de felicitarlo por tan necesarias innovaciones, queremos hacerle las siguientes propuestas que consideramos contribuirán a una mejor movilidad en la ciudad.

1. En cuanto a los semáforos inteligentes consideramos de vital importancia tener en cuenta el criterio de “olas verdes”, consistente en coordinar los semáforos de una vía para que cambien secuencialmente dando paso en forma continua durante un lapso de tiempo, lo cual redundaría en el aumento de velocidad en las vías rápidas.

2. Los semáforos peatonales ubicados en las estaciones de Megabus en las vías rápidas son todo un contrasentido, por lo tanto le proponemos el cambio de los mismos en Las Avenidas el Ferrocarril, La 30 de Agosto y La Simón Bolivar. El cambio se haría por Puentes Peatonales para la entrada y salida de los pasajeros a las estaciones. Dicha construcción debería hacerse en alianza con el propio Megabus, lo que le liberaría al Instituto varios semáforos para su utilización en otras zonas críticas y aceleraría la velocidad en esas vías rápidas y Megabus dejaría de recibir críticas por su obstaculización a la misma.

Podría iniciarse este proceso en la Avda el Ferrocarril Con Cra. 8 aprovechando la ya existencia en ese sitio de un puente peatonal sub utilizado por su fealdad, suciedad y la permisividad de los cruces peatonales por semejante vía rápida a escasos 5 metros del mismo. Para ello debe unirse la salida de la estación con el puente y prohibirse totalmente el cruce por la vía instalando cercas, pintando, aseando y decorando el puente peatonal.

Esperando contribuir al desarrollo de sus nuevas ideas en pro de la movilidad de la ciudad nos suscribimos de usted.

Cordialmente

CORPORACION CON TODOS CORPOCONTODOS

MARINO MUÑOZ HENAO

Director Ejecutivo (e)

sábado, 23 de octubre de 2010

Palabras del Presidente Juan Manuel Santos en la VII Bienal Iberoamericana de Arquitectura y Urbanismo, en Medellín

Nuestro país fue escogido por la sorprendente transformación urbanística que lideró Bogotá y luego replicó Medellín, que ahora son referentes para el mundo en cuanto a democratización del espacio público.
...
Queremos territorios urbanos incluyentes, pensados para la gente, con más zonas verdes, con redes peatonales y con ciclorrutas, con mejores vías, más equipamientos y una relación directa con sistemas integrados de transporte público
....
en http://wsp.presidencia.gov.co/Prensa/2010/Octubre/Paginas/20101011_03.aspx

Un pacto es, un compromiso que adquieren las partes, que tienen que honrar su palabra

Palabras de la Directora de LA TARDE, Sonia Diaz Mantilla, en la Cena de presentación del libro “Espacio Público y Comercio en Calle”, en la noche del Viernes 22 de Octubre del 2010.

-los resaltados y cursivas fueron hechos por el webmaster-
Buenas noches
Quiero agradecer en primera instancia al Presbítero Darío Valencia Uribe, rector de la Universidad Católica Popular de Risaralda, y a Orlando Parra Gómez, por creer que yo voy a hacer una exposición decente, de un trabajo como el que desarrollaron durante estos dos años en la Universidad.

También sin conocerlos a todos, debo agradecer a Lucía Ruiz Granada, Samuel López Castaño, Alejandro Torres García, Armando Gil Ospina, Gina Marcela Arias Rodríguez, Walter Augusto García Chaverra y César Fernando Idárraga Guerrero, por permitirnos a los lectores conocer cómo fue que desarrollaron este importantísimo trabajo de ciudad.
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Por lo menos cuatro imágenes, vinieron a mi cerebro al terminar la lectura de las 154 páginas que componen el texto “Espacio Público y Comercio en Calle”. Ventas informales. Experiencia Pereira-Colombia, 2008-2010.


La primera de ellas fue la de mi abuelo Salomón Mantilla Acevedo, un tipo grande en muchísimos aspectos. Alguna vez, ya citadino el antes campesino cultivador y ahora viejo Salomón, y ante noticias sobre medidas o proyectos para mejorar este o aquél asunto urbano, dijo que eso se parecía mucho a la frase :”Animémonos y vayan”.


La segunda imagen, es la del grupo de investigadores (conozco sólo a unos pocos), académicos, arquitectos, ingenieros, comunicadores, filósofos, sacerdotes, etc., que hicieron parte del estudio que hoy se entrega al público, que trabajaron durante 2 años y que pusieron el punto final a este documento, el sábado 18 de septiembre de 2010.

La tercera, es la de Pereira comenzando a nublarse a eso de las 12:45 del medio día (casi todos los medios días), y donde por una suerte de artilugio o pacto con no se sabe quién, los vendedores de calle del centro saben cuándo va a caer la primera gota de lluvia, porque no se sabe –por lo menos yo no sé- de dónde sacan las cientos de miles de sombrillas chinas que ofrecen a quienes por descuido o porque el cielo mostraba otra cosa, no llevan ese artículo. Pero también salen libros recién impresos por las empresas editoriales legales con páginas en blanco, o las películas que la noche anterior se lanzaron en las salas de cine del mundo.


La cuarta –combinada- es la de los 57 negocios de rumba instalados en cinco cuadras, a lado y lado de la Circunvalar, y los 14 grandes negocios de comidas rápidas, que no tienen nada qué envidiarle a las grandes cadenas de comida de ese estilo, porque facturan mucho dinero, tienen muchos empleados, pero también, parece, ejercen un comercio de calle.

“Espacio Público y Comercio en Calle”, es si se quiere el documento más completo escrito hasta ahora sobre ese tema en Pereira, porque no aborda el tema de los usos del espacio público por particulares con fines económicos, no solamente de la forma romántica como parte de la academia colombiana lo ha visto en 30 años, sin cambiar ni actualizar el discurso, ni muchos menos los usos.


Son muchos los aportes que hace el libro al análisis del espacio público en Pereira. Uno de los que en mi particular concepto va a ser vital, es el de la confianza.


La Universidad Católica construyó esos lazos, los de la confianza y la sinceridad con los diferentes actores que tuvo que abordar para la realización de la investigación y el acompañamiento en estos tres años. Esa confianza solo es posible establecerla, cuando las relaciones no están mediadas por la instrumentalización.


Recuerdo que en un primer momento, la percepción, alimentada en parte desde lo público, era que la Católica se iba a encargar del tema del espacio público. Algo así como que el jardín infantil donde se dejan los niños desde los 10 meses, y luego el colegio o la universidad, son los lugares que tienen la responsabilidad de educar a los hijos.


El asunto, como lo dijo recientemente un expresidente brasilero es ¿quién se está haciendo las preguntas fundamentales sobre la sociedad? ¿Cómo vamos a hacer para que todo el pueblo sienta y comprenda que es importante respetar las leyes, y que detrás de ese respeto por las leyes se construye bienestar para todos?


El espacio público, dice Erika Fontáñez Torres, una experta centroamericana en ese tema, “son los lugares donde el grado de exclusión es menor, por no decir ninguno. Es poder y simbolismo, un entramado complejo de relaciones de dominación y subordinación, de solidaridad y cooperación, donde no hay intimidad”.


Las visiones sobre el espacio público pasan, como decía, por el romance de la venganza bíblica, de que los mercaderes pueden quedarse donde les antoje, pasando por las descripciones del Nobel Mario Vargas Llosa de su Lima sitiada en los 80’s por la invasión de sus espacios públicos, hasta la resolución por el derecho, desde la doctrina del foro público y su relevancia en el sistema democrático. Ninguna de las anteriores acepciones, ni siquiera la legal, no obstante, significa que los ciudadanos tengan un derecho absoluto al uso de los espacios comunes.


Algunas doctrinas espirituales sitúan nuestra animalidad, como uno de los estadios de nuestra ignorancia que impiden que ascendamos de mejor manera en nuestro camino hacia la realización del alma. Y en la territorialidad sí que es notorio nuestro ser ignorante mamífero. Un espacio de un metro cuadrado o menos, se convierte en la realización de vida para muchos.


Bien concretan los autores del libro “Espacio público y Comercio en calle”, cómo debe ser el manejo integral de las ventas informales:
• Con ordenamiento y regulación, que se cumpla.
• Medible en el tiempo
• Cuantificable, con respecto a los cambios que se operen.
• Evaluado por resultados
• Con respuestas o planes siguientes, a las implementaciones a que haya lugar.


La administración actual de Pereira, que preside Israel Londoño Londoño, decidió optar por la implementación del programa de manejo integral de ventas informales por concertación.

Con el acompañamiento de la U. Católica, firmaron el Pacto Cívico, para el comercio en el centro tradicional y se expidieron los decretos que adoptan las estrategias y planes que deben permanecer en el tiempo y posibilitar su evaluación sobre los resultados obtenidos.

¿Qué tanto se pacta? ¿Hasta cuándo? ¿Para obtener qué resultados? Y si no se obtienen ¿qué paso hay que seguir?

Un pacto es, un compromiso que adquieren las partes, que tienen que honrar su palabra y cuyos actos deben ser correspondientes para cumplir esos acuerdos. A eso se le llama responsabilidad y se adquiere desde cuando un niño es capaz de caminar y hablar, ya no es dependiente.


Somos responsables por nuestras decisiones, y eso es válido para un individuo o para una entidad, para un estado, para una sociedad.

En otros apartes de “Espacio Público y Comercio de Calle”, se evidencian las tensiones internas entre los expertos e investigadores, sobre los alcances de su trabajo y hasta de la pertinencia de continuar desarrollando la asesoría, en momentos en que como era previsible, la investigación se iba a convertir en argumento o arma de negociación política.


En las últimas 50 páginas se evidencian esas dudas, esos temores, esos desencuentros internos entre el grupo de expertos de la U. Católica. Preguntas de grandes consecuencias gravitaban sobre hasta dónde llegaban las responsabilidades en la confección de la propuesta, si se tiene en cuenta que muchas de esas inquietudes hacen parte del carácter filosófico y misional de la universidad.


Como no tenemos la otra versión de esta historia, la que se adelantaba desde lo público, desde las expectativas e inquietudes de quienes tienen a su cargo la administración de la ciudad, podríamos plantearles unas preguntas para que resuelva el tiempo, el implacable, el que pasó:
-¿Qué tan convencidos estaban los administradores de lo público, de la necesidad de darle un orden a las ventas de calle en el centro histórico de Pereira y en el subcentro de Cuba?
-¿Qué tanto estaban dispuestos a negociar, en materia política, para recuperar los espacios y lugares públicos?
-¿Realmente les parecía un asunto de importancia alta para resolver en la ciudad, o sólo un tema coyuntural de agenda mediática o con el cual se aseguraba un acercamiento con los grupos de poder?
-¿De qué tamaño es la negociación con el espacio ajeno?


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Los sitios públicos, los lugares o espacio de todos, son vitales para el desarrollo de la democracia y de las sociedades. Si desaparecen, se llevan a nuestras costumbres, los hábitat sociales, políticos, económicos, religiosos y de conducta. Desaparecen, porque cada cual hace lo que quiere.

Las ventas de calle no van a desaparecer. Y ya no se puede hacer nada para devolver 16 años (tiempo promedio en ese oficio), a la vida de los vendedores informales del centro de Pereira.

Pero esa actividad puede desarrollarse de manera organizada, atendiendo las normas legales, pero sobre todo sin agredir al resto de la comunidad. Eso también es violencia, cuando se impone por la fuerza una manera de actuar, que perjudica a una parte de la comunidad. El espacio se negocia, pero se negocia en Derecho, no en anarquía.

A propósito de esta observación, ¿qué se puede esperar de una sociedad en la que, como ocurre en Pereira, hay cientos de sitios ocupados ilegalmente los que ya tienen hasta orden de demolición, porque la actividad que desarrollan no está permitida donde están haciendo uso de los espacios, pero aún así se ignoran las órdenes legales?

Por eso resultan de tal importancia las muchas recomendaciones contenidas en “Espacio Público, Comercio en Calle”, como que se generen unas instituciones que atiendan el tema del espacio público, no solo el utilizado para las ventas informales sino todos: el que sirve para el tránsito y desarrollo de las personas, ocupado por comidas rápidas, carros, avisos, compañías de telefonía celular y talleres, entre otras actividades.
Las lecciones aprendidas son muchas a lo largo del proceso para la ciudad y para los protagonistas del proyecto. Destaco sólo las que considero


• En primer lugar, que hacían falta investigación y comprobación sobre el fenómeno.
• Luego, que los regalos, salvo los del cielo, solo deben obedecer a merecimientos interesados, que convengan a todos.
• Tercero, que más que voluntad para abordar el tema, se requiere la convicción de que organizar a los comerciantes informales y recuperar el espacio público, son temas prioritarios para nuestra ciudad y que deben estar en primer orden de los asuntos públicos y ciudadanos.
• Y cuarto, pero no menos importante, que cualquier iniciativa necesita continuidad en el tiempo. Porque de lo que aquí se trata, no es de malgastar cada cierto tiempo unos recursos para darle contentillo a una parte de la galería y hacerle creer que está incidiendo en los asuntos públicos.


Se trata de ser protagonistas de transformaciones reales en la sociedad, de propiciar cambios, de emprender tareas que se puedan cumplir en el tiempo pero con las cuales haya compromisos verificables.


Porque hacer lo contrario, sería darle la razón al abuelo Salomón en su filosófico resumen de: Animémonos y vayan.

martes, 14 de septiembre de 2010

DECRETO No.401 DE ABRIL 15 DE 2010 “POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN INTEGRAL DE

MANEJO DE VENTAS INFORMALES EN LA CIUDAD DE PEREIRA”.

disponible en http://www.amco.gov.co/amco/UserFiles/File/gacetas/gaceta%20extra%20No.16.pdf


EL ALCALDE MUNICIPAL DE PEREIRA, en uso de sus facultades
constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 82 y 315,
numeral 1 de la Constitución Política, la ley 136 de 1994, y el acuerdo municipal
078 de 2008 y
CONSIDERANDO
Que conforme al diagnóstico que sirve de soporte al Plan de Desarrollo Municipal
2008 – 2011, “Pereira Región de Oportunidades”, una de las problemáticas más
sentidas por los habitantes de la ciudad es la relacionada con la movilidad, en
especial en sectores como el centro tradicional y el subcentro de cuba, ocasionada
por la sobre ocupación del espacio público con actividades comerciales
informales.
Que con el fin de determinar la magnitud de esta problemática y concertar las
alternativas para su organización, mediante Convenio de Cooperación No. 1256
de 2008, el Municipio contrató a la Universidad Católica Popular de Risaralda,
para que desarrollara el Registro de Vendedores informales en las zonas críticas
de la ciudad, realizara el estudio socieconómico de quienes ejercen la venta
informal como actividad en estos sectores y acompañara el proceso de
concertación entre los actores que se relacionan con la problemática.
Que según los estudios realizados por la Universidad Católica Popular de
Risaralda, en la zona céntrica de la ciudad cerca de 1478 personas ejercen esta
actividad y cerca de 400 en el subcentro de Cuba, concentrándose en
determinados espacios públicos y afectando de manera negativa la movilidad
peatonal.
Que es mandato superior conforme a nuestro régimen jurídico político velar por la
protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común,
el cual prevalece sobre el particular.
Que siendo éste un asunto de orden social hace parte del concepto de orden
público, por lo que compete al Alcalde Municipal como Primera autoridad de
Policía tomar las medidas necesarias para facilitar la convivencia ciudadana
armonizando los derechos colectivos al uso y disfrute del espacio público con el
derecho al trabajo de quienes derivan su sustento de esta actividad y carecen de
otra posibilidad.
Que realizados los estudios de contexto socioeconómico, analizadas las actuales
tasas de desempleo y subempleo, y considerando el perfil de los vendedores
informales, el diagnóstico formulado por la Universidad Católica Popular de
Risaralda concluye la necesidad de desarrollar estrategias integrales en la
atención a los diferentes conflictos que genera la venta informal.
Que conforme con el artículo 110 del acuerdo 023 de 2006, “La nueva ciudad se
basa en la concepción del espacio público y el equipamiento como punto de
encuentro, concertación y participación de la ciudadanía, por lo cual se busca que
en el crecimiento de la ciudad se brinden estos espacios, no como el resultante de
la urbanización, si no como el elemento articulador”. Consecuente con lo cual el
mismo Acuerdo consagra como una de las políticas de recuperación y manejo del
espacio público: “Adecuar los espacios públicos peatonales de las centralidades,
permitiendo el buen funcionamiento de las actividades comerciales”.
Que en la sentencia T-772 de 2003 de nuestra Corte Constitucional fija los
parámetros dentro de los cuales las autoridades municipales deben desarrollar
programas de recuperación de espacio público, obligándolas a desarrollar un
componente de alternativas económicas viables para quienes se afecten con este
tipo de programas o proyectos.
Que acatando el mismo fallo, se desarrolló todo un proceso de concertación que
culminó con la suscripción de un Pacto entre vendedores informales, gremios y
sector público municipal con el fin de definir los compromisos de cada uno en las
soluciones a esta problemática y plantear alternativas para organización.
Que en el Plan de Desarrollo Municipal “Pereira, Región de Oportunidades”, la
actual administración se propuso como meta dentro del Programa de Espacio
Público para la Convivencia, incrementar el índice de espacio público efectivo por
habitante a través de la recuperación del 60%.
Que el acuerdo 078 de 2008 reglamentó lo relacionado con el aprovechamiento
económico del espacio público, adoptando un sistema de cobro para las
actividades que se desarrollen en el mismo.
Que según el artículo 116 del Código Nacional de Policía la venta ambulante es un
asunto que corresponde reglamentar a las autoridades locales.
Que debido a que la presencia de vendedores informales en el espacio público
obedece a un problema social, económico y cultural, cuya solución no se
encuentra en las medidas policivas, sino que se requiere del compromiso
gubernamental, gremial y comunitario para encontrar las soluciones de fondo que
deben ser implementadas para conjurar las causas y efectos del mismo.
Que en virtud de lo expuesto y en uso de sus facultades constitucionales y legales,
el ALCALDE MUNICIPAL DE PEREIRA, facultando como está por ley,
DECRETA
CAPITULO I
Disposiciones Generales
ARTICULO 1°. Adopción.
Se adopta el Plan Integral de Manejo de Ventas
Informales de la ciudad de Pereira, Pimvip, contenido el presente Decreto como
una herramienta para la recuperación, preservación y armonización del espacio
público ocupado con actividad comercial informal.
ARTICULO 2°. Objetivo.
El Plan de Manejo de Ventas Informales tiene como
objetivo definir las estrategias y acciones con las que se intervendrán los sectores
de la ciudad que presentan sobre ocupación de ventas informales y que fueron
autorizadas con anterioridad al Acuerdo 078 de 2008, armonizando los derechos
colectivos al uso y disfrute del espacio público con el derecho al trabajo de
quienes ejercen esta actividad dentro del marco del Mínimo Vital.
ARTICULO 3°. Objetivos Específicos.
Como objetivos específicos el Plan
contempla:
1) Aportar en la construcción de una política pública que garantice la
sostenibilidad de las medidas que se adopten para la recuperación y
preservación de espacio público afectado con la actividad comercial
informal.
2) Contribuir a la consolidación de Pereira como ciudad-región y
competitividad comercial como renglón característico de nuestra economía.
3) Desarrollar procesos de recuperación bajo los parámetros establecidos por
las Sentencias de la Corte Constitucional, atendiendo de manera integral a
la población de vendedores informales que deban modificar la forma en que
ejercen su actividad o cambiar de actividad comercial.
4) Velar por la protección de la integridad del espacio público y su destinación
al uso común, el cual se hará prevalecer sobre el interés particular, evitando
las ocupaciones indebidas del mismo.
5) Definir las zonas del espacio público de la ciudad en las que se puedan
permitir bajo uso regulado actividades comerciales sobre el espacio público,
así como aquellas que deben ser objeto de acciones integrales para que se
recuperen su función estructurante.
ARTÍCULO 4°. Documentos anexos.
Adóptese el Documento Técnico de
Soporte correspondiente al Pimvip, así como el Pacto Cívico firmado con los
gremios y los representantes de los vendedores informales, como documentos
integrantes del presente decreto.
CAPITULO II
Definición de estrategias y acciones
ARTÍCULO 5°. Estrategias.
La recuperación, preservación y armonización de los
espacios públicos ocupados con venta informales se desarrollará mediante las
siguientes estrategias:
1. Sistema de información de ventas informales –SIVIP-.
Con la
implementación de esta estrategia, se controlará el número de personas
que ejercen la venta informal y se facilitará el desarrollo de alternativas para
cada una de ella, dentro de los parámetros de la Sentencia 772 de 2003.
2. Formalización.
Esta estrategia irá encaminada a la formalización de las
ventas informales, siendo obligatoria en algunos casos, en los términos que
más adelante se señalan.
3. Hábitat.
Se plantea esta estrategia como instrumento para cualificar los
espacios públicos ocupados con las ventas informales de la ciudad y la
determinación de las zonas de transición, en que se pueda ejercer esta
actividad de manera regulada y autorregulada.
4. Atención Social al Vendedor.
El ejercicio de la venta informal en las
condiciones aquí establecidas garantizará el acceso a la malla institucional
al vendedor informal y su núcleo con el fin de romper los ciclos
generacionales que caracterizan esta actividad.
5. Fortalecimiento Institucional.
De acuerdo con lo señalado en el
diagnóstico efectuado y lo establecido en el Pacto Cívico la administración
debe disponer de un esquema administrativo eficiente que garantice los
procesos de control y gestión del espacio público.
ARTICULO 6°. Desarrollo de las Estrategias de Sistema de Información de
Ventas Informales.
La Secretaria de Planeación Municipal tendrá a su cargo la
integración de todos los datos relevantes de las ventas informales, haciendo parte
de este sistema el Registro Único de Vendedores Informales de Pereira, los
mapas de distribución y su geo-referenciación.
El Registro Único de Vendedores Informales servirá como una herramienta de
control y se formará con la inscripción de los vendedores informales, que además
de ser censados por la Universidad Católica Popular de Risaralda en el 2008
hayan sido beneficiarios de alguna autorización para el ejercicio de la venta
informal o su ingreso en la base de datos fue autorizada por la mesa de
Acompañamiento al Pacto Cívico. Esta inscripción contendrá como mínimo los
siguientes datos: nombre e identidad, la clase de mercancías o servicios que
venden, los ingresos que perciben, su historia laboral y de educación y la
clasificación que le corresponda según sea ambulante, semiestacionario o
estacionario, y en este último caso el lugar asignado.
Este registro será actualizado con el fin de incluir en él todas las novedades
correspondientes a los vendedores informales reconocidos, tales como los
beneficios otorgados o las sanciones impuestas. Todos los procedimientos de
inclusión, retiro o novedades en el Registro Único de Vendedores Informales
estarán a cargo de la Secretaria de Planeación Municipal conforme al
procedimiento adoptado para el efecto.
El registro servirá de base para la expedición de una nueva carnetización a los
vendedores censados sin que ello implique expedir nuevas autorizaciones para
ocupar el espacio público.
Los mapas de distribución determinan el número de ventas estacionarias que
conforme a una valoración de cada uno de los costados de las manzanas de las
zonas críticas señala cuantos módulos puede llegar a albergar. Con el presente
Decreto se adoptan tres tipos de mapas: (1) Mapa Existente: que señala cuantos
módulos estacionarios se encuentran actualmente en la zona a intervenir. (2)
Mapa de Redistribución: señalan cuanto caben realmente y (3) Mapa Diferencial:
señala las diferencias entre el primero y el segundo, lo cual refleja el déficit o /u
oferta de cada costado de cuadra.
El Municipio de Pereira podrá por criterios de conveniencia o necesidad elaborar
nuevos mapas de distribución con el fin de aplicarlos y ajustarlos al desarrollo de
las estrategias.
Toda esta información hará parte del sistema de información geográfico y estará
acompañada por bases de datos según modelos ARC/GIS.
Articulo 7°. Desarrollo de la Estrategia de Formalización
: Esta estrategia
consistirá en el proceso paulatino mediante el cual el vendedor informal hace su
tránsito hacia el comercio formal o mercado laboral. Esta estrategia se desarrollará
de la siguiente manera:
1. Vendedores informales que por el ingreso económico que perciben o la
forma en que ejercen su actividad deben ser comerciantes formales. Hacen
parte de esta población los vendedores que cumplan una o varias de estas
condiciones:

Quienes como producto de su actividad generen utilidades por encima de
los dos salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Los que ejerzan otras actividades comerciales o cuenten con otros ingresos
para su sostenimiento. .

Los que utilizan a otros vendedores como distribuidores de sus productos o
servicios.

Quienes fueron beneficiarios de un proceso de reubicación exitoso que
implica ocupación predial.

Los que de acuerdo con el resultado del estudio socioeconómico deban
formalizarse, previo concepto de la Mapaci.
Esta población podrá acceder a Fortalecimiento Empresarial, dirigido a facilitar una
asesoría constante por parte de la dependencia municipal competente, y su
objetivo básico es que el negocio se desarrolle como un establecimiento de
comercio y cumpla los requisitos en la ley 232 de 1995.
Para lograr este objetivo el Banco de Oportunidades posibilitará créditos a los
vendedores en proceso de formalización y la Alcaldía de Pereira realizara
convenios con el SENA y/o gremios como ACOPI, FENALCO o CAMARA DE
COMERCIO u otra organización idónea, para el acompañamiento que fuera
necesario, hasta su consolidación como establecimiento comercial.
2.
Aquellos vendedores informales que a pesar de ejercer la venta informal
como mecanismo de subsistencia y dentro del marco del mínimo vital tiene
ideas de emprendimiento y fortalezas en su perfil ocupacional para
desarrollar otras actividades empresariales o laborales.
La atención de esta población tendrá como objetivo que los vendedores informales
establezcan o fortalezcan nuevas ideas de emprendimiento empresarial ya sea de
forma individual o asociativa o puedan ingresar al mercado laboral.
Para los vendedores con ideas de negocio su iniciativa deberá ser presentada al
Banco de Oportunidades para apoyar la construcción de un plan empresarial, el
cual una vez viabilizado podrá ser implementado.

Para la implementación de estas iniciativas, el Municipio podrá otorgar en los
términos establecidos en el Decreto 808 de octubre 21 de 2009, o la norma que lo
modifique o sustituya, capital semilla o recursos no retornable con el que podrá
beneficiar a cada vendedor, al cual se sumará los recursos propios de que
disponga el vendedor beneficiario, quien además para terminar de financiar su
iniciativa deberá acceder a crédito a través del Banco de las oportunidades.
En todo caso, corresponderá a cada Secretaría adoptar los procedimientos
necesarios para dar cumplimiento a lo aquí establecido.
En el caso de vendedores con perfil ocupacional, su hoja de vida será ingresada
en bolsas de empleo con el apoyo de FENALCO, CAMARA DE COMERCIO y
ACOPI.
Articulo 8°. Desarrollo de la Estrategia de Redistribución Espacial:
Esta
estrategia está dirigida a permitir la permanencia de las ventas informales bajo
condiciones reguladas que mitiguen los impactos negativos que este tipo de
actividad genera sobre el espacio público. Esta estrategia se desarrollará con base
en los siguientes criterios:
MAPAS DE DISTRIBUCION DE VENTAS ESTACIONARIAS
: Los mapas de
redistribución han sido concebidos considerando la capacidad actual de los
andenes en las zonas críticas para albergar soluciones de ventas estacionarias sin
interferir con la movilidad peatonal y los otros elementos constituyentes del
espacio público (mobiliario, bahías, arborización).
Como consecuencia de la adopción de estos mapas corresponderá a la Secretaría
de Gobierno Municipal ejecutar las acciones necesarias para que los vendedores
estacionarios se ubiquen en los sitios asignados en el mapa. Esta estrategia se
articulará con la construcción de los nuevos módulos de ventas individuales o
dobles para vendedores estacionarios, los cuales podrán reponer los viejos
módulos que estén en avanzado estado de deterioro u ocupar los nuevos espacios
detectados en los mapas.
PASEOS TEMATICOS
: Esta solución está dirigida a vendedores
semiestacionarios que tienden a agruparse alrededor de actividades comerciales
comunes: artesanos, libreros, relojeros, ropa, etc. Está dirigido a reubicar
colectivos de vendedores en espacios diferentes a los andenes como peatonales,
bulevares, plazoletas y zonas de los parques y plazas que lo permitan.
En el caso de las peatonales, los paseos temáticos también incluyen la
construcción de unos módulos de información al ciudadano y al turista manejado
por la Policía Nacional y unos módulos de baños públicos acompañados por un
pequeño local comercial para café al paso.
PASAJES COMERCIALES CUBIERTOS
: Este tipo de alternativa está dirigida a
todo tipo de vendedores que quieran dar el paso hacia una formalización
empresarial con la posibilidad de ser reubicados en un local comercial al interior
de un proyecto espacial denominado Pasaje Comercial Cubierto.
Todo proyecto de este tipo hará parte de los sistemas de movilidad de la ciudad
imitando los pasajes comerciales formales que han demostrado su éxito en
diversos sectores del Centro Tradicional. Por el valor de sus inversiones
(incluyendo gestión predial) y su carga cultural negativa producto de experiencias
fallidas del pasado, esta estrategia se propone como la última opción de
redistribución espacial.
ZONAS DE TRANSICION
: Para facilitar el desarrollo de los procesos de
formalización y redistribución, se podrán establecer zonas de transición en las que
las ventas informales se permitirán bajo uso regulado.
Las zonas de transición son aquellos espacios públicos respecto de los cuales, la
autoridad competente autorizada expresamente la localización de mobiliario y la
ejecución de algún tipo de actividad económica, tomando en consideración su
capacidad, el uso especializado o multifuncional para el cual haya sido adecuado
el respectivo espacio.
En estas zonas se promoverá la creación y el fortalecimiento de redes de gestión
social, las cuales tendrán por objeto apoyar la función pública relacionada con el
manejo y utilización del espacio público, y promover la adecuada apropiación
social del mismo.
MERCADOS MOVILES
: Con el fin de descongestionar el centro tradicional de
ventas de frutas y verduras en dispositivos que suelen generar afectaciones a la
movilidad (carretas), se ha desarrollado como alternativa crear mercados móviles
en barrios de otras zonas de la ciudad. Dichos mercados se efectuarán con el
apoyo logístico de la Alcaldía para el transporte de los módulos de ventas y se
sujetarán a las regulaciones para manipulación de alimentos dispuestas por la
Secretaria de Salud.
REGULACION DE AMBULANTES
: las ventas ambulantes conocidas como
maneros y las que utilicen elementos móviles (vehículos), serán objeto de
regulación a través de una zonificación que defina diversos niveles de restricción
para el acceso de diferentes tipos de vehículos (zonas rojas, naranjas y amarillas).
Los vehículos de ventas serán clasificados por tamaños que van desde el manero
hasta los grandes vehículos de tracción humana o mecánica. Según el tamaño los
vehículos tendrán acceso a las diferentes zonas de acuerdo a las restricciones.
Para facilitar el control, la Secretaría de Gobierno Municipal implementará como
identificación de los vendedores y sus vehículos el sistema de placas (rojas,
naranjas y amarillas) en consonancia con las zonas ligadas a unos registros que
permitan las ventas nuevas.
También se identificarán con dos tipos de placas adicionales: verdes y azules, los
vendedores que no puedan ingresar al centro por el tamaño de sus vehículos y los
vendedores nocturnos que solo puedan ejercer su actividad en las noches.
ARTICULO 9°. Desarrollo de la estrategia de atención social.
Todo vendedor
informal inscrito en RUVIP será beneficiario de los programas sociales que para la
atención de población vulnerable desarrollen las secretarias de desarrollo social,
político y económico, Gestión inmobiliaria y Educación.
Para ello la organización a cargo de LA CASA DEL VENDEDOR INFORMAL Y EL
ARTESANO gestionará el ingreso del vendedor reconocido al SISBEN y por lo
menos el 10 % de los cupos asignados para cada programa de estas Secretarías
deberán beneficiar vendedores informales.
ARTICULO 10° Desarrollo De La Estrategia de Fortalecimiento Institucional
.
Con el fin de proveer de una estructura administrativa eficiente en la gestión y el
manejo del espacio público el municipio asumirá la revisión de su esquema
administrativo actual.
CAPITULO III
PROGRAMAS Y PROYECTOS ESTRATEGICOS.
ARTICULO 11° Desarrollo de Programas y Proyectos Estratégicos.
En
cumplimiento de los acuerdos establecidos en el Pacto Cívico, se plantean los
siguientes programas y proyectos que se consideran estratégicos por su
capacidad de incidir en el cumplimiento de la meta propuesta en el plan de
Desarrollo Municipal en materia de recuperación de espacio público.
ARTICULO 12° RECUPERACION CALLE 17 Y CALLES 70 Y 71, Carreras
24 y 25:
Ordénese la recuperación de la calle 17 entre carreras 8 ª Y 9 ª, del
centro de la ciudad, y calles 70 y 71 carreras 24 y 25, del subcentro de cuba,
para lo cual se adopta el siguiente COMPONENTE DE ALTERNATIVAS
ECONOMICAS, para los vendedores informales reconocidos en el registro a cargo
de la Universidad Católica Popular de Risaralda:
Alternativa 1: Reubicación sobre la calle peatonal de la 18 entre carreras 7ª y 8ª o
calle 22 entre carreras 7ª y 8ª, en un proyecto especial.
Alternativa 2: Proyecto de ubicación de módulos de venta para artesanos en la
calle peatonal la 18 entre carreras 6ª y 7ª.
Alternativa 3: Reubicación de casetas de ventas dobles en algunos lugares donde
el espacio lo permita entre la carrera 4 y la carrera 13 y la calle 11 y la calle 26.
Alternativa 4: Acogerse al programa de formalización empresarial con posibilidad
de acceder a un capital semilla para iniciar un proyecto productivo, siempre que se
haga entrega del espacio público ocupado.
Alternativa 5: Obtener un local comercial o modulo en un pasaje comercial cubierto
previo proceso de transición del vendedor informal.
La Secretaría de Gobierno Municipal tendrá a su cargo todos los procesos
necesarios para dar cumplimiento a esta decisión, incluyendo la de notificar a cada
vendedor informal reconocido en el Registro el derecho a elegir una de las
alternativas propuestas.
PARÁGRAFO:
Para el desarrollo de las estrategias contempladas en este
decreto, y particularmente las de reubicación y redistribución, y sólo respecto de
los vendedores que resulten beneficiarios de las mismas, la alcaldía municipal
podrá otorgar los permisos necesarios a los vendedores informales, sin perjuicio
de las prohibiciones y restricciones previstas en los decretos 266 de 2001 y 1335
de 2002, los cuales continúan vigentes.
ARTICULO 13°. CASA DEL VENDEDOR INFORMAL.
Con el fin de facilitar la
organización de los vendedores informales reconocidos y facilitar la gestión de
proyectos asociativos que propendan por su desarrollo y mejoramiento del nivel de
vida de los vendedores, la Administración promoverá la creación de la Casa del
Vendedor Informal, como un programa a cargo de la Secretaría de Gobierno
Municipal, pero cuya administración puede ser contratada con una de las
organizaciones de vendedores informales.
ARTICULO 14° FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.
La Secretaria Jurídica
evaluará la necesidad y convivencia de fortalecer o reestructurar las áreas del
Municipio relacionadas con la gestión, manejo y control del espacio público,
conforme con el diagnostico presentado por la UCPR y el concepto de la
Secretaría de Planeación Municipal.
ARTICULO 15° SANCIONES. Todo vendedor informal que incumpla los términos
en que le fuera otorgado un beneficio o solución será excluido del RUVIP y
obligado a reparar el daño que cause.
ARTICULO 16°. Vigencia.
Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Pereira a los, 15 días del mes de abril de 2010.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE,
JAIRO ORDILIO TORRES MORENO
Alcalde Municipal de Pereira (E)
LILIANA VALENCIA LOPEZ.
Secretaria Jurídica
Revisión: Secretaría Jurídica
Revisión: Secretaria de Planeación
Revisión:
FELIPE MEJIA LAMPREA
Director Operativo de Desarrollo Urbano
Elaboró: Mary Soler Vinasco A.
Revisó: Martha Lucia Zapata Correa
Jefe Administrativa

publicado en
Gaceta Metropolitana No.16 – Extraordinaria 2010

DECRETO No.400 DE ABRIL 15 DE 2010, REFERENTES AL PROCEDIMIENTO PARA LA IDENTIFICACIÓN, CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE

DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS ESTRATEGIAS DE RECUPERACIÓN Y PRESERVACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO Y SU ARMONIZACIÓN CON LOS DERECHOS DE LOS VENDEDORES INFORMALES QUE LO OCUPAN.
DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS ESTRATEGIAS DE RECUPERACIÓN Y PRESERVACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO Y SU ARMONIZACIÓN CON LOS DERECHOS DE LOS VENDEDORES INFORMALES QUE LO OCUPAN
.

disponible en http://www.amco.gov.co/amco/UserFiles/File/gacetas/gaceta%20extra%20No.16.pdf

El alcalde municipal de Pereira, en uso de sus atribuciones constitucionales y
legales, en especial las conferidas por los artículos 82 y 315, numeral 1 de la
Constitución Política, la ley 136 de 1994, los arts. 116 y 132 del Código Nacional
de Policía y el acuerdo municipal 078 de 2008 y
CONSIDERANDO
Que el artículo 1 de la Constitución Política señala que Colombia es un estado
social de derecho, fundado en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la
solidaridad de las personas que lo integran y en la prevalencia del interés general.
Que el artículo 82 de la Constitución Política establece que es deber del estado
velar por la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el
cual prevalecerá sobre el interés particular.
Que el artículo 132 del Código Nacional de Policía faculta a los alcaldes para
tomar las medidas y acciones necesarias en orden a la restitución del espacio
público.
Que de acuerdo con el artículo 116 del Código Nacional de Policía la venta
ambulante es un asunto que corresponde reglamentar a las autoridades locales.
Que en la Sentencia T-772 de 2003 la Corte Constitucional fijó los requisitos que
deben cumplir todos los programas y proyectos de recuperación del espacio
público por parte de las autoridades competentes.
Que de acuerdo con la Sentencia T-772 de 2003, las acciones de recuperación del
espacio público en el Estado Social de Derecho deben estar precedidas y
acompañadas de un componente de alternativas económicas viables en favor de
los vendedores informales, garantizando en todo momento el derecho al debido
proceso.
Que la Administración, los gremios y los representantes de los vendedores
informales de Pereira desarrollaron un proceso de concertación que culminó en la
firma de un Pacto Cívico, en el cual se definieron los compromisos de cada uno de
los actores en la solución de la problemática del espacio público en Pereira, así
como en el planteamiento de alternativas de organización y solución para la venta
informal.
Que en el Plan de Desarrollo Municipal “Pereira, Región de Oportunidades”, la
actual administración se propuso como meta dentro del Programa de Espacio
Público para la Convivencia, incrementar el índice de espacio público efectivo por
habitante a través de la recuperación del 60%.
Que de conformidad con el acuerdo 023 de 2006, Plan de Ordenamiento Territorial
de Pereira, una de las estrategias de recuperación del espacio público en la
ciudad es “adecuar los espacios públicos peatonales de las centralidades,
permitiendo el buen funcionamiento de la actividad comercial.”
Que en cumplimiento de los criterios expuestos en la Sentencia T-772 es
necesario determinar un procedimiento que permita identificar, calificar, priorizar y
seleccionar a los beneficiarios de las estrategias, planes, programas o proyectos
que emprenda el municipio a fin de recuperar el espacio público y armonizar su
uso por la comunidad con el derecho al trabajo de los vendedores informales.
DECRETA
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. ADOPCIÓN.
Adóptese en el municipio de Pereira el procedimiento
de identificación, calificación, selección y priorización de beneficiarios de las
estrategias del Plan Informal de Manejo de Ventas Informales de Pereira, PIMVIP,
para la recuperación, preservación y armonización del espacio público ocupado
por vendedores informales en el Centro Tradicional y Subcentro de Cuba, en el
marco del Pacto Cívico suscrito entre los gremios, los vendedores informales y la
administración municipal.
Parágrafo Primero:
En el desarrollo de las estrategias se incluirán los vendedores
informales que estén inscritos en el Registro Único de Vendedores Informales de
Pereira, Ruvip, correspondientes a las áreas mencionadas. En ningún caso serán
beneficiarios los menores de edad.
Para efectos del presente decreto se entiende por Centro Tradicional de Pereira y
Subcentro de Cuba, las zonas delimitadas en los planos anexos.
ARTICULO 2. MÍNIMO VITAL.
Para efectos del presente decreto se entiende
como “mínimo vital” el nivel de ingresos económicos que no supere el 60% del
salario mínimo mensual legal vigente por persona dentro de cada núcleo familiar
del vendedor informal.
ARTICULO 3. MESA DE ACOMPAÑAMIENTO AL PACTO CIVICO, MAPACI.
Se instituye la Mesa de Acompañamiento al Pacto Cívico, que será la instancia de apoyo, consulta y concertación. La Mesa estará conformada por representantes de los gremios, representantes de los vendedores informales y representantes de la administración municipal. Se reunirá en forma ordinaria una vez al mes; y en forma extraordinaria cuando así lo considere la mayoría de sus integrantes o por convocatoria de la Secretaría Técnica. En la Mesa podrán participar representantes de la Personería Municipal y la Policía Nacional, en calidad de
invitados permanentes.
ARTÍCULO 4. FUNCIONES DE LA MESA DE ACOMPAÑAMIENTO AL PACTO CIVICO.
La Mapaci tendrá las siguientes funciones:
1. Servir de organismo de consulta y concertación durante el desarrollo de las estrategias.
2. Aprobar o rechazar en forma definitiva los puntajes que obtengan los
vendedores informales interesados en ser beneficiarios de las estrategias, previa aplicación del sistema de calificación por parte de la Secretaría de
Planeación y previo estudio del Ente de Espacio Público.
3. Aprobar o rechazar las solicitudes de ingreso a Ruvip que hagan los
vendedores informales interesados.
4. Estudiar los casos que la Secretaria de Planeación o el ente de espacio
público ponga a su consideración.
5. Darse su propio reglamento.
PARAGRAFO:
En ningún caso la Secretaría de Planeación o el Ente de Espacio
Público serán las dependencias responsables de aprobar o negar en forma definitiva las solicitudes para el ingreso al RUVIP o para ser beneficiario de las estrategias.

ARTICULO 5. DEFINICIÓN DE VENDEDOR INFORMAL.
Para los efectos del
presente decreto se entiende por vendedor informal la persona que se dedique por
cuenta propia al comercio de bienes o servicios en el espacio público como medio
básico de subsistencia.
ARTÍCULO 6. CLASIFICACION DE VENDEDORES INFORMALES.
Los
vendedores informales se clasificarán de la siguiente manera:
a) Vendedores Informales Ambulantes: Los que realizan su labor recorriendo las
vías y demás espacios de uso público, sin estacionarse temporal o
permanentemente en un lugar específico, utilizando un elemento móvil portátil o su
propio cuerpo para transportar las mercancías, tales como los vendedores de
frutas, verduras, tintos, entre otros.
b) Vendedores Informales Semiestacionarios: Los que realizan su labor
recorriendo las vías y demás espacios de uso público, estacionándose de manera
transitoria en un lugar, con la facilidad de poder desplazarse a otro sitio distinto en
un mismo día, utilizando elementos tales como carretas, carretillas, tapetes, telas,
cajones rodantes o plásticos para transportar las mercancías.
c) Vendedores Informales Estacionarios: Son las personas que para ofrecer sus
bienes o servicios se establecen de manera permanente en un lugar determinado
del espacio público, previamente definido por la respectiva autoridad municipal o
distrital, mediante la utilización de kioscos, toldos, vitrinas, casetas o elementos
similares.
d) Vendedor informal temporal: Son las personas que ofrecen sus bienes o
servicios no en forma permanente, sino con ocasión de festividades y temporadas
especiales, en sitios previamente señalados para el efecto por parte de la alcaldía
municipal.
ARTÍCULO 7. ADOPCION DEL REGISTRO ÚNICO DE VENDEDORES
INFORMALES DE PEREIRA, RUVIP.
De conformidad con el compromiso
asumido en el Pacto Cívico adóptese el Ruvip como herramienta para identificar,
calificar y seleccionar la población beneficiaria de las estrategias para la
recuperación y armonización del espacio público. La información del Ruvip será
administrada y actualizada por la Secretaría de Planeación.
PARAGRAFO:
El Ruvip está formado por la inscripción de los vendedores
informales que fueron censados por la UCPR en el Centro Tradicional y Subcentro
de cuba en septiembre de 2008, y por aquellos que acrediten autorización legítima
o confianza legítima para ejercer la actividad en dichas zonas antes del 30 de
septiembre del 2008.
El registro será actualizado con el fin de incluir en él todas las novedades
correspondientes a los vendedores informales reconocidos. La inscripción en el
Ruvip estará a cargo de la Secretaría de Planeación Municipal, conforme al
procedimiento adoptado para el efecto. El retiro del Ruvip lo hará la Secretaría de
Planeación, previa solicitud escrita de la Secretaría de Gobierno.
Secretaría de Planeación expedirá las certificaciones de inscripción en el Ruvip
a los vendedores informales.
Los vendedores informales que actualmente ocupen el espacio público en virtud
de un permiso expedido por la alcaldía municipal o en virtud de confianza legítima
antes del 30 de septiembre de 2008, deberán inscribirse en el RUVIP como
condición para seguir ejerciendo su actividad.
ARTÍCULO 8. POBLACION OBJETIVO:
Las estrategias están dirigidas a los
vendedores inscritos en el Registro Único de Vendedores Informales de Pereira,
RUVIP, en las áreas mencionadas. El Ruvip deberá tener como mínimo la
siguiente información: el nombre y documento de identidad, la clase de
mercancías o servicios que vende y la clasificación que le corresponda, según sea
ambulante, semiestacionario o estacionario, y su lugar de ubicación.
ARTÍCULO 9
. ACTUALIZACION DEL RUVIP. El Ruvip será actualizado de
acuerdo con las solicitudes aprobadas o negadas por la Mesa de
Acompañamiento al Pacto Cívico o la entidad que hiciere sus veces. Así mismo
en él se incluirán todas las novedades correspondientes a la situación de los
vendedores informales.
ARTICULO 10
. INHABILIDADES PARA SER INCLUIDO EN EL RUVIP: En
ningún caso podrán ingresar al Ruvip ni ser beneficiarios de las estrategias:
a) Quienes no residan en los municipios del Área Metropolitana Centro
Occidente, Amco.
b) Quienes tengan deudas pendientes con la justicia.
c) Quienes suministren información falsa en aspectos susceptibles de
calificación.
d) Quienes no tengan su situación militar definida.
e) Quienes hayan sido beneficiarios de planes, programas o proyectos de
reubicación o solución exitosos certificados por la administración municipal,
y se encuentren ejerciendo nuevamente la venta informal por sí o por
interpuesta persona.
CAPITULO II
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y PRIORIZACION DE BENEFICIARIOS
PARA APLICACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS DEL PIMVIP
ARTICULO 11. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:
El procedimiento se
desarrollará en las siguientes etapas:
soLICITUD: Los aspirantes a ser beneficiarios de las estrategias elevarán su
solicitud escrita en la Secretaría de Planeación radicada a través de ventanilla
única, creada para este fin.
En ningún caso se recibirán solicitudes que no tengan adjuntos los documentos
solicitados. El hecho de que el solicitante aporte la totalidad de los documentos no
comprometerá la respuesta favorable de la Secretaría de Planeación Municipal.
Los solicitantes que no hayan firmado el Pacto Cívico pasaran a una lista de
espera y se dará prioridad a aquellos que sí lo hayan firmado.
ANÁLISIS DE LA SOLICITUD:
La Secretaría de Planeación verificará a través de
cruce de información, con bases de datos de otras instituciones –Oficina de
Registro de Instrumentos Públicos, Instituto Municipal de Tránsito, Cámara de
Comercio, Secretaria de Hacienda Municipal y el Instituto de Seguros Sociales-,
que el interesado cumpla con los requisitos.
ANÁLISIS SOCIOECONÓMICO:
Con el análisis Socioeconómico se caracterizará
el contexto socioeconómico, a través de entrevista y visita domiciliaria
programadas previamente por medio de citación escrita.
ARTICULO 12. SISTEMA DE CALIFICACION Y SELECCION.
Los beneficiarios
serán seleccionados y priorizados mediante un sistema de calificación numérica,
utilizando diversos coeficientes que evalúan las condiciones socioeconómicas,
familiares y personales del vendedor informal. Se utilizarán las siguientes
variables:
1. COEFICIENTE DE ANTIGÜEDAD
Califica al vendedor informal en función del tiempo que lleva ejerciendo el oficio en
el espacio público.
2. COEFICIENTE DE AUTORREGULACION
Califica al vendedor informal por el número de sanciones de que haya sido objeto
en el ejercicio de su actividad.
3. COEFICIENTE DEL MINIMO VITAL
Este coeficiente califica a cada vendedor de conformidad con su situación
económica respecto del mínimo vital.
4. COEFICIENTE DE VULNERABILIDAD SOCIAL
Califica el nivel de vulnerabilidad económica y social del vendedor informal de
acuerdo con su responsabilidad al interior de su familia o con su condición
personal y social.

5. COEFICIENTE DE NIVEL DE ESCOLARIDAD
Califica el grado de educación o de competencias del vendedor de modo que
permite conocer sus reales posibilidades de acceder o no a la economía o al
mercado laboral formal.
6. COEFICIENTE DE HABITACION O VIVIENDA
Califica la situación del vendedor informal en relación con su situación jurídica
respecto del lugar en que habita, así como el mismo estado físico de la vivienda.
7. COEFICIENTE DE SUBSIDIOS O BENEFICIOS DEL ESTADO
Evalúa la situación del vendedor informal en relación con los subsidios o
beneficios que haya recibido o esté recibiendo del estado.
PARAGRAFO:
Los vendedores informales de frutas, verduras y tintos serán
regularizados a través del procedimiento de identificación, selección y priorización
contemplado en el presente decreto, de conformidad con los criterios que para el
efecto señale el Alcalde Municipal.
Articulo 13. INTERVENCION DEL ENTE DE ESPACIO PÚBLICO.
Se remitirán a
La Comisión del Ente del Espacio Público las calificaciones del Análisis Técnico y
Socioeconómico para que las evalúe. Una vez hecho el estudio correspondiente,
se enviarán a la Mapaci para lo de su competencia.
Artículo 14. INTERVENCION DE LA MAPACI.
Esta Mesa aprobará o rechazará en forma definitiva los resultados del análisis técnico y socioeconómico, determinando los beneficiarios finales de las estrategias. El concepto final que brinde la Mapaci será comunicado al interesado por intermedio de la Secretaría de Planeación
Municipal.
CAPITULO III
DEBERES, RESPONSABILIDADES Y SANCIONES
ARTICULO 15. CAUSALES DE EXCLUSION:
Quienes sean excluidos del Ruvip
perderán todos los derechos y beneficios que se le hayan otorgado y se ordenará
el desalojo del espacio público que ocupen. Serán excluidos del Ruvip:
a) Los beneficiarios que no exploten directa y personalmente o a través del
suplente debidamente registrado en el Ruvip el espacio público ocupado. El
suplente no podrá reemplazar al titular por más de ocho días calendario
continuos, y por más de dos veces al año, salvo en casos de enfermedad
grave o calamidad doméstica debidamente acreditadas. La calidad de
suplente no otorga ninguna clase de derecho sobre el puesto de trabajo del
titular, ni sobre los beneficios o programas desarrollados en virtud de las
estrategias, ni sobre el espacio público ocupado por aquel.
b) Quienes utilicen el espacio público ocupado para realizar, ocultar y
colaborar con actividades ilícitas.
c) Quienes vendan en el espacio público productos no autorizados, salvo los
casos de ventas autorizadas en temporadas, o por fuera del horario, sitio o
zona permitidos. Cualquier modificación respecto a los productos, sitios,
horarios y zonas deberán ser autorizados previamente por la Secretaría de
Gobierno.
d) Quienes ejerzan en el espacio público actividades diferentes a las
autorizadas.
e) Quienes presenten o utilicen documentos falsos en diligencias con las
autoridades.
f) Quienes vendan o arrienden su puesto de trabajo en el espacio público.
g) Quienes incumplan las disposiciones contractuales, legales o
administrativas aplicables.
h) Incumplir los criterios de autorregulación y los deberes y responsabilidades
establecidos en el presente decreto.
PARAGRAFO:
En caso de falta absoluta del vendedor informal se ordenará el
desalojo del espacio público ocupado.
ARTÍCULO 16. DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS VENDEDORES
INFORMALES BENEFICIARIOS.
Los beneficiarios deberán cumplir, además de
los establecidos en el pacto cívico, los siguientes deberes y responsabilidades:
a) Firmar el Pacto Cívico y el compromiso de autorregulación de fecha 25 de
noviembre de 2008.
b) Cumplir las normas jurídicas u obligaciones contractuales que le sean
aplicables.
c) Abstenerse de anunciar sus productos o servicios mediante la utilización de
altavoces, bocinas u otros medios visuales o auditivos que alteren la
tranquilidad ciudadana.
d) Abstenerse de ocupar mayor espacio del asignado por las autoridades.
e) Garantizar que las mercancías comercializadas sean de procedencia lícita,
y portar las facturas o documentos de origen de las mismas. Cuando se
trate de bienes de procedencia ilícita, serán aprehendidos y puestos a
disposición de la autoridad competente.
f) Garantizar que los alimentos comercializados, ya sea producidos por el
mismo vendedor informal o por terceros, cumplan con todos los requisitos
de salubridad, y dar estricto cumplimiento a las normas sobre manipulación
de alimentos.
ARTICULO 17. PRIORIZACION DE ESTRATEGIAS Y BENEFICIARIOS
. La
alcaldía municipal, de acuerdo con el plan de desarrollo, las previsiones del POT y
los recursos disponibles, definirá las prioridades así como la población
beneficiaria, y de conformidad con el impacto que tengan sobre el cumplimiento de
las metas propuestas en materia de recuperación de espacio público. En estos
casos, la Secretaría de Planeación convocará solo a los vendedores informales
que correspondan a dichas zonas o proyectos.
ARTICULO 18. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES.
La
Secretaria de Gobierno adelantará las actuaciones administrativas necesarias a fin
de excluir del Ruvip a los vendedores por las causales previstas en el presente
decreto, con la observancia de los principios del debido proceso, a través del
procedimiento establecido para el efecto.
ARTICULO 19. VIGENCIA
. El presente decreto rige a partir de su publicación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE,
JAIRO ORDILIO TORRES MORENO
Alcalde Municipal de Pereira (E)
LILIANA VALENCIA LOPEZ.
Secretaria Jurídica
VoBo: Secretaría Jurídica
VoBo:
FELIPE MEJIA LAMPREA
Director Operativo de Desarrollo Urbano
P/E: Fabio A Castillo G.- Abogado Contratista
CONTENIDO
SOLICITUD.......................................................................................................... 1
CRUCE BASE DE DATOS................................................................................... 2
PROCEDIMIENTO No 1 (mínimo vital) ................................................................ 4
ANALISIS DE LA SOLICITUD.............................................................................. 4
ANÁLISIS SOCIOECONÓMICO ......................................................................... 4
APROBACIÓN POR PARTE DEL ENTE DEL ESPACIO PÚBLICO..................... 4
INTERVENCIÓN DE LA MAPACI......................................................................... 5
ASISTENCIA A CAPACITACIONES .................................................................... 5
CONTRATO ........................................................................................................ 5
SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICO .................................................... 5
ANEXOS.............................................................................................................. 8
PROCEDIMIENTO No 2 (Superan el mínimo vital).............................................. 7
ANALISIS DE LA SOLICITUD.............................................................................. 7
CONTRATO......................................................................................................... 7

PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN, CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS ESTRATEGIAS DE RECUPERACIÓN Y PRESERVACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO Y SU ARMONIZACIÓN CON LOS
DERECHOS DE LOS VENDEDORES INFORMALES QUE LO OCUPAN

Los beneficiarios se seleccionarán de acuerdo con el siguiente procedimiento:
SOLICITUD
Por medio de visita de campo, medios de comunicación se hará el llamado a las
respectivas zonas priorizadas en el Pacto Cívico, para que los aspirantes a ser
beneficiarios, eleven su solicitud (Anexo 1) escrita en la Secretaría de Planeación
radicada a través de ventanilla única, creada para este fin.
Con la solicitud se deberán anexar los siguientes documentos:

a) Fotocopia de documento de identidad;

b) Certificado de Antecedentes Penales;

c) Documento que lo acredite como vendedor informal (carné), si lo tuviere

d) Certificado de Supervivencia, para mayores de sesenta años.

e) Carnet de afiliación al Sisben, si lo tuviere.

f) Recibos de pagos de impuesto de industria y comercio antes de 2008, si
los tuviere

g) Recibos de pago de impuesto predial con anterioridad al 2008, si los
tuviere.

Nota 1: En ningún caso se recibirán solicitudes que no tengan adjuntos los
anteriores documentos, los cuales no comprometen a la Administración a
otorgar una respuesta positiva.

Nota 2: Los solicitantes que no estén inscritos en el RUVIP, pasaran a una
lista de espera y se hará el análisis (Mínimo Vital, Confianza Legitima), para
su ingreso.

CRUCE BASE DE DATOS
Recibida la solicitud, la Secretaría de Planeación verificará a través de cruce de
información, con bases de datos de otras instituciones –Oficina de Registro de
Instrumentos Públicos, Instituto Municipal de Tránsito, Cámara de Comercio,

Secretaria de Hacienda Municipal y el Instituto de Seguros Sociales, que el
interesado cumpla con los criterios para el ingreso a uno de los siguientes
procedimientos:
Procedimiento No 1: Se caracteriza por dar alternativas a los vendedores que
están en el marco del mínimo vital.
Procedimiento No 2: Hace referencia al procedimiento que acoge a aquellos
vendedores que sobrepasan el mínimo vital.
PROCEDIMIENTO No 1 (Mínimo Vital)
1. ANÁLISIS DE LA SOLICITUD:
Se evidencio en el cruce de bases de datos que el vendedor no posee fuentes de
ingresos que puedan sobrepasar el mínimo vital, por consiguiente pasará al
análisis socioeconómico.
2. ANÁLISIS SOCIOECONÓMICO
Con el análisis Socioeconómico se verificará el contexto socioeconómico del
vendedor informal, a través de una entrevista (Anexo 2) programada por citación
escrita (Anexo 3). La realización de la Visita domiciliaria será también
programada a través de citación (Anexo 4), con el fin de verificar la información
suministrada en la entrevista y a su vez completar los datos que no se
diligenciaron en la misma.
Si una vez programada la entrevista y la visita domiciliarias el interesado no se
presenta a estas, se dejará constancia de ello en el expediente (Anexo 5 Y 6) y se
programará con el vendedor informal una nueva cita. Si en la segunda citación no
se desarrollo ninguna de las anteriores, el interesado quedará excluido del
programa siempre y cuando no presente justificación escrita de su ausencia.
La entrevista y la visita domiciliaria tienen un sistema de calificación para cada
ítem, analizada en una base de datos que cuenta con un programa, el cual
otorgará la puntuación final. La secretaría de planeación municipal será la
dependencia encargada de administrar a aplicar el programa de calificación.
3. APROBACIÓN POR PARTE DEL ENTE DEL ESPACIO PÚBLICO
Se remitirán a La Comisión del Ente del Espacio Público, conformada por la
Secretaria de Planeación Municipal, Secretaria Jurídica, Secretaria de Hacienda,
Secretaria de Gobierno y Secretaria de Infraestructura, las calificaciones del
Análisis Técnico y Socioeconómico para que este las evalúe. La Comisión remitirá
todas las calificaciones a la MAPACI para su aprobación o rechazo final.
Las evaluaciones del Ente de Espacio Público se harán constar en actas, suscritas
por todos sus integrantes.
4. INTERVENCIÓN DE LA MAPACI Ó QUIEN HAGA SUS VECES.

Esta mesa compuesta por representantes del Municipio, representantes de los
Gremios, y representantes de los vendedores Informales, aprobará o rechazará
en forma definitiva los resultados del análisis técnico, socioeconómico y
solicitudes para ser incluidos en el RUVIP, determinando los beneficiarios
finales del proyecto.

Analizará los casos que ponga su consideración la Comisión del Ente del
Espacio Público.
Nota
: Posterior a la aprobación, la MAPACI informará a la Secretaria de Gobierno
los beneficiarios, para que estos de acuerdo a la estrategia de inclusión declarada,
los remita a las diferentes Secretarias si es el caso para sus respectivos trámites:

Secretaria de Planeación (Contratos Acuerdo 78)

Secretaria de Gobierno (Control Contractual),

Secretaria de Hacienda (Control de Pagos)

Secretaría de Desarrollo Rural (Banco de las Oportunidades:

Financiar, capacitar y asesorar actividades productivas)

Secretaría de Desarrollo Social (Capacitaciones a la Comunidad)

Secretaria de Educación (Dirigir Procesos Educativos y Culturales)

Secretaria de Salud (Vigilancia y Control de los factores de riesgo para
la salud, presentes en el ambiente y en el consumo, a través del Área de
Salud Pública)

Cultura Ciudadana (Área Metropolita, construcción de conciencia
social)
5. ASISTENCIA A CAPACITACIONES
Antes de la inclusión en una de las estrategias, el beneficiario deberá asistir como
requisito para seguir en el mismo, a las capacitaciones de formación de acuerdo a
las características de su actividad comercial, que ofrezca la Alcaldía.
6. CONTRATO
De acuerdo a la estrategia de inclusión declarada por el beneficiario (Reubicación)
se realizará por parte de la Secretaria de planeación los respectivos trámites del
contrato.
7. SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICO
Los vendedores informales (estacionarios, semiestacionarios y ambulantes)
estarán incluidos en una base de datos georeferenciada, la cual permite acceder a
los datos de identificación y ubicación del modulo de ventas.
PROCEDIMIENTO No 2 (Vendedores que superan el Mínimo Vital)
1. ANÁLISIS DE LA SOLICITUD
Analizada la solicitud, se determino que el solicitante puede obtener ingresos
mayores al mínimo vital debido a que es:

Propietarios de dos o más bienes inmuebles que pueden generar ingresos
mayores al mínimo vital.

Propietarios de vehículos de servicio público o privado que puedan generar
ingresos que sobrepasen.

Perciben ingresos de otras actividades económicas, formales o informales
que superan el mínimo vital.

Son pensionados.
La administración otorgará una alternativa para este tipo de población con unas
características especiales descritas en el siguiente punto.
NOTA:
Se aplicaran para el presente procedimiento los numerales 2, 3, 4, 5,7 y 8
del procedimiento No 1
6. CONTRATO
Una vez recibido el concepto favorable de la MAPACI ó quien haga sus veces, el
vendedor informal deberá cumplir lo siguiente:

Adquirir el modulo previamente establecido por la administración de
acuerdo a su actividad, en un plazo máximo a un año.

Hacer el pago de la contraprestación económica según lo establecido en
el acuerdo 078.
Para el efecto, el beneficiario suscribirá un acta (Anexo 7) en la que hará una
declaración manifestando de forma irrevocable, que acepta la alternativa otorgada
por la Alcaldía y desea ser incluido en la misma. Si el beneficiario no acepta la
alternativa será excluido del programa y se ordenará la recuperación del espacio
público que ocupa.